Monotributo Ampliacion de Actividades
12 marzo, 2011 259 comentarios
El pasado 15 de febrero se promulgó el Decreto N° 66/011 por el cual se amplió la nómina de actividades comprendidas en el régimen de tributación del monotributo, excediendo el ámbito de actividades empresariales e invadiendo principalmente áreas de “servicios personales”. Asimismo, se amplió la lista de actividades a las cuales se les permite vender a no consumidores finales.
1. ¿Qué es el monotributo?
De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 70 de la Ley 18.083 y el artículo 1° del Decreto 199/007, el monotributo es un tributo que grava la realización de actividades empresariales de reducida dimensión económica y se aplica en sustitución de las contribuciones especiales de seguridad social y de todos los impuestos nacionales, con excepción de los que gravan la importación de bienes.
2. ¿Quiénes pueden quedar comprendidos en el régimen de monotributo?
De acuerdo al artículo 70 de la Ley 18.083, pueden ampararse al régimen de monotributo los siguientes sujetos:
a) las empresas unipersonales, incluidas aquellas en las que el titular ejerza la actividad con su cónyuge o concubino colaborador, siempre que tales empresas no tengan más de un dependiente;
b) las sociedades de hecho integradas por un máximo de dos socios, sin dependientes; y
c) las sociedades de hecho integradas exclusivamente por familiares, con hasta un cuarto grado de consanguinidad o un segundo de afinidad, siempre que el número de socios no supere a tres y la sociedad no tenga dependientes.
No pueden ampararse a este régimen quienes ya ejerzan una actividad sujeta a afiliación patronal (con la excepción prevista para los contribuyentes rurales). Tampoco pueden ampararse los siguientes sujetos:
a) los titulares de empresas unipersonales o sus cónyuges o concubinos colaboradores cuando alguno de ellos sea simultáneamente socio de cualquier tipo de sociedad personal o tenga la calidad de director de una sociedad anónima, aun cuando permanezca inactivo;
b) las sociedades de hecho cuando alguno de sus socios tenga simultáneamente la calidad de socio o director a que refiere el literal anterior; y
c) quienes presten servicios personales fuera de la relación de dependencia, ya sea en forma individual o societaria.
3. ¿Cuáles son las condiciones para entrar al régimen?
El monotributo comprende todo tipo de actividad empresarial (de acuerdo a la definición dada por el numeral 1, literal B del artículo 3 del Título 4 del Texto Ordenado (TO)) que cumpla simultáneamente con las siguientes condiciones:
a) los ingresos derivados de la actividad no superen en el ejercicio los siguientes montos:
- para empresas unipersonales, el 60% del límite establecido en el lit. E) del Art. 52 Título 4 del TO (en el año 2011 asciende a $ 391.419)
- para sociedades de hecho, el límite asciende al 100% del monto dispuesto en el mismo literal (en el año 2011 es de $ 652.365)
b) desarrollen actividades de reducida dimensión económica, y no realicen la explotación de más de un puesto o de un pequeño local, en forma simultánea.
La rotación entre diferentes localizaciones físicas – ya sea puesto o local- no excluye el amparo en régimen de monotributo, salvo que se verifique la simultaneidad del ejercicio de la actividad.
c) ejerzan una única actividad sujeta a afiliación patronal; salvo los productores rurales que complementen los ingresos derivados de la producción de bienes en estado natural provenientes de su establecimiento con la enajenación en forma accesoria de otros bienes agropecuarios en estado natural o sometidos a algún proceso artesanal.
d) enajenen bienes y presten servicios exclusivamente a consumidores finales.
4. ¿Qué actividades están comprendidas?
La redacción anterior del decreto reglamentario, disponía que quedaban incluidos los siguientes servicios prestados en la vía pública o espacios públicos:
a) cuidado de automóviles, motos y otros automotores;
b) limpieza de parabrisas;
c) otros de similar naturaleza que determine el Ministerio de Economía y Finanzas, previo informe favorable del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, del Banco de Previsión Social y de la Dirección General Impositiva.
Mediante el Dec. N° 66/011 se agregan:
a) limpieza de vidrios de inmuebles;
b) guías de turismo, aun cuando desempeñen parcialmente su labor en espacios cerrados;
c) paradas de taxis;
d) paseadores de perros y entrenadores de mascotas, aun cuando desempeñen parcialmente su labor en espacios cerrados.
Asimismo, este decreto agregó que se consideran comprendidos en el ámbito objetivo del impuesto a los siguientes servicios:
1) los servicios de utilización de espacios radiales en radioemisoras del interior del país con un máximo de 5 horas semanales;
2) los servicios de apoyo a pescadores artesanales, entendiéndose por tales los de lavado de embarcaciones o arreglo de artes de pesca;
3) los servicios sexuales.
5. ¿Quiénes no son consumidores finales?
Otra de las modificaciones refiere a la venta a no consumidores finales, los cuales están integrados por los organismos estatales, las empresas y quienes se encuentren incluidos en el hecho generador del Impuesto al Valor Agregado (IVA) o del Impuesto Específico Interno (Imesi), según establece el artículo 9 del Decreto N° 199/007.
El Decreto 66/011 agrega a la nómina de las excepciones de la condición de enajenar bienes o prestar servicios exclusivamente a consumidores finales a:
- quienes enajenen diarios, periódicos y revistas de cualquier naturaleza, con excepción de los pornográficos;
- quienes presten servicios de guía de turismo, limpiavidrios, paradas de taxis y los vinculados con la utilización de espacios radiales en radioemisoras del interior con un máximo de 5 horas semanales;
- quienes realicen la actividad de pesca artesanal o presten servicios de apoyo a pescadores artesanales.
A su vez, se agrega una limitación en lo que tiene que ver con la enajenación y elaboración de bienes artesanales mediante la utilización de metales y joyería. En este sentido, se excluye de la excepción dispuesta precedentemente cuando los metales utilizados para la elaboración de bienes artesanales sean el oro o el platino.
6. ¿Se puede perder la calidad de monotributista?
Por el artículo 13 del Decreto 199/007 se puede perder dicha calidad en las siguientes situaciones:
a) por hacer uso de la opción de volver al régimen general de aportación para la actividad; o
b) cuando en el transcurso del ejercicio los contribuyentes de este tributo dejen de cumplir con alguna de las condiciones requeridas para estar incluido en este régimen.
En estos casos, pasarán a tributar el Impuesto al Valor Agregado, así como las Contribuciones Especiales de Seguridad Social y si correspondiere, el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas y el Impuesto al Patrimonio.
7. Si la empresa deja el régimen de monotributo, ¿puede luego volver a ser monotributista?
Podrá volver al régimen, pero no podrá hacerlo hasta que finalice el tercer año civil posterior a aquel en el que se produjo su salida del mismo (ya sea por haber hecho uso de la opción para volver al régimen general o por haber quedado excluida del mismo).
soy profesora de ingles y tengo un salón de clases que no es en mi casa, puedo afiliarme como monotributista? en los meses de verano trabajo en punta del este y me afilian a bps , eso influye?
Buenas tardes; le respondo por mail; gracias por el comentario y saludos
Hola soy monotributista, fabrico cajas de cartón a medida y por pedido, mis ventas son a particulares, pero me han solicitado presupuesto de empresas privadas y estatales, quiero saber si puedo o no facturar a estas empresas. Tengo entendido que no, por lo que he perdido de realizar varios trabajos.
Saludos cordiales
Buenos dias Rodolfo; lamentablemente NO puede facturar a empresas estatales ni privadas como Monotributo; tendria que realizar el cambio para “Pequeña Empresa” pudiendo facturarles pero NO descontando el IVA, si quiere descontar IVA tendra que cambiarse al Regimen General; saludos
hola, estoy evaluando la posibilidad de comenzar a traer ropa desde la capital, ya que soy del interior, algo de todo un poco y explotarlo en mi casa, ya que es una esquina.
Se me aplica el regimen en estas circunstancias? porque la verdad no se si entra en el rubro amparado. Gracias
Buenas tardes Eloide; para quedar comprendida como monotributista debe: los ingresos mensuales aprox. NO pueden superar los $ 30.000, un local menor a 15 mts2, un solo dependiente y las ventas solamente a consumidores finales; puede inscribirse como tal saludos Fernando Gómez
hago trabajos de carpinteria en un pequeno local para particulares mis ingresos son inferior al que se necesita para ser monotributario puedo aportar como tal
Buenas tardes Luis; mientras cumpla con el resto de requisitos es decir local no superior a 15 mt2, un solo dependiente y venta solo a consumidores finales; no tiene ningun inconveniente, saludos
hola, queria preguntar si al ser monotributista, tengo un tope para comprar y un tope para vender gracias
Buenas noches Maria; el tope de facturación en cuanto a las ventas son unos aprox. 31.000 mensuales (como unipersonal) en cuanto a las compras no hay tope; es decir tendrian que tener cierta relación con las ventas efectuadas; saludos Fernando
vendo autosy motos ajenos de particulares gano comiciones por ventas no o km .son vehiculos de poco valor que se comercializan en el interior . como se puede tributar por esta actividad gracias
Leonardo le contesto via mail, saludos Fernando Gómez
buenas noches. soy monotributista ya hace mas de 2 años y querìa saber si el monotributo puede acceder al sist. de leasing para compra de vehiculos. tengo entendido que no pero la verdad no estoy muy seguro. agradeceria una respuesta. gracias
Buenas noches Gustavo, No puede utilizar el sist. “leasing” debido a que NO hay forma de descontar el IVA; saludos Fernando Gómez
Fernando, eso no es asi; dado q las pequeñas empresas tampoco y sin embargo pueden realizar leasing.
Para los leasing, los requisitos son 2: que sean contribuyentes de Irae ó de Imeba.
Las pequeñas empresas son contribuyentes de Irae, por eso pueden realizar leasing.
Las actividades de monotributo pueden ó no combinar capital y trabajo, por eso no se los tomaría para el leasing
Muchas gracias Miguel por la aclaración; al realizar la consulta con los Contadores en DGI me respondieron lo publicado pero ahora con tu comentario y buscando información: http://www.derechocomercial.edu.uy/ClaseContCrUso01.htm, me aclara y nos aclaran mejor la situación; gracias y saludos.-
Cual es el tope de facturacion para una empresa unipersonal regida en el literal E.
Saludos y Gracias.
Por el año 2011 los ingresos anuales deben ser menores a $ 652.365 unos 54.000 pesos menusales aprox.
saludos
Hola fernando, soy empleado de una empresa privada, tambien soy artesano (talla en madera) y deseo vender mis productos en locales del centro. Son locales comerciales que revenden y por tanto me piden factura. Que puedo hacer? me sirve el monotributo o tengo que formar una pyme? Cuales serian los costos?
Gracias
Buen dia Diego; simplificando el tema de la inscripcion dependera de cuantos “estimes de facturación mensual” y si estos locales estan interesados en descontar el IVA; es decir si quieren “el IVA” no tendras otra opcion de inscribirte en el Regimen General (pagando IRAE; IPAT e IVA) de lo contrario podras inscribirte como Monotributista no superando los 33.000 pesos mensuales aprox. y la otra opcion como Pequeña Empresa con un tope de 54.000 por mes; saludos
Diego como Monotributista tambien tenes que reunir el resto de los requisitos mencionados en este articulo, vale la aclaración saludos
HOLA TENGO UNA SOCIEDAD DE HECHO QUISERA SABER SI ME CORRESPONDE UTILIZAR EL LEASING Y EN QUE CONSISTE QUE NO ESTOY SEGURA DE ENTENDER LO QUE ES DESDE YA MUCHAS GRACIAS
Gabriela; en cuanto al tipo de Sociedad tengo entendido que no tendrias inconveniente; lo importante esta en como tributen frente a DGI; es decir como Pequeña Empresa o en el Regimen General (esto es importante por el IVA) lo mejor es que consultes con el Banco en el cual van hacer la financiación, saludos
Hola, actualmente tributo como pequeña empresa hace unos 4 años. Hace mas de un año que no alcanzo el límite de facturación de 30000 para monotributista, puedo hacer el cambio de aportación?, muchas gracias.
Pablo, lamentablemente “ir para atras” no se puede; tendrias que cerrar la empresa esperar unos aprox. 2 o 3 años para abrir como monotributista (si no utilizaste antes el “beneficio”) saludos
Hola Fernando voy a tratar de ser brebe, desde el año 93 hasta hoy 20 de junio del 2011 me desempeño como fletero en antel en forma consecutiva en el mismo lugar, en el 93 firme un contrato y hasta la fecha ningun otro. la pregunta es por lo que lei no entro en monotributista pero creo que estoy en una clara relacion de dependencia, que puedo hacer ? segui la derogacion del articulo 178 de empresas unipersonales por la cual el bps obligaba a antel a tomarme o pagar los aportes de 10 años para atras, pero quedo em el senado tras haber sido aprobado en diputados, hay 8 fleteros que hicieron juicio y lo ganaron hoy hay anotados 39′ bueno gracias de antemano
Hugo, realmente recien me entero de lo que sucede en Antel; es indudable que es una relación de dependencia al ser este tu unico ingreso y deben tomarte como empleado; la “ironia” de este pais que el propio estado no cumple las leyes; lamentablemente no puedo ayudarte en esta situación .. si es posible deberias asesorarte con algun abogado o esperar que resuelva el senado la aprobación, es compleja tu situación espero que puedas resolverla y a las ordenes en lo que pueda ayudarte, saludos Fernando
Fernando,
Te hago una consulta. Trabajo en una fábrica textil y ahora me están ofreciendo hacer algunos trabajos extras desde mi casa, pero para mercaderías que luego se usan como materia prima para terminar de confeccionar las prendas.
Puedo para esto utilizar un monotributo? Porque no sería para vender a consumidor final sino a la fábrica donde trabajo. En el caso de que no se pueda, que empresa tendría que ser?
Muchas gracias y saludos.
Cecilia; la contestación te la envio por mail, saludos Fernando
Hola. Quisiera consultar, doy clases particulares de música. Soy músico profesional pero no tengo título docente. Quisiera afiliarme al monotributo para poder tener aportes y obra social. Corresponde o me corresponde registrarme de otra manera?
Desde ya muchas gracias por su respuesta
Hola Leandro, mientras reuna los requisitos establecidos y mecionados en el articulo no tenes ningun inconveniente es más el monotributo esta pensado para tu situación que al no tener un “titulo” no tenes como aportar, saludos Fernando
Se puede no tener puesto fijo de venta, realizar la venta telefonicamente?
Buen dia Adriana; a lo que se refiere al decir “puesto fijo de venta” es que el lugar donde se realice la actividad sea uno solo y no supere los 15 mts2; en cuanto a ese requisito no tendrias problema habria que ver que “tipo de venta telefonica” se trata y cuanto estiman facturar al mes (tendrias que consultarlo en DGI) saludos
Hola!
Presento espectáculos en eventos, puedo adecuarme al sistema monotributista?
Desde a muchas gracias por su respuesta y felicitaciones por el blog
Juca; en teoria podrias (y reuniendo los requisitos) inscribirte como monotributista; lo mejor seria que consultaras puntualmente tu situaciòn en DGI (personalmente) o atraves del 1344 de la DGI; gracias por las felicitaciones; saludos
Fernando, soy costurera y estoy empezando a hacer ropa para vender.Mi idea es venderla en locales de ropa del interior, ya que por el momento no tengo los medios para poner un local. Puedo hacerme monotributista? para inscribirme como tal, que papeles tengo que presentar?
Gracias
Buen dia Irene, si reune los requisitos establecidos, no tendria ningun problema; por requisitos y mas informaciòn; consulte la pagina de DGI: saludos
Ante posibilidad de realizar actividades de consultoria a pequeña escala, quisiera saber cual es la posibilidad de inscripcion de empresa (monotributo, pequeña empresa, etc.) considerando una facturación de la que solamente se conoce una posibilidad en los proximos meses que ronda un total de 18k a 20k en dolares, con proyecccion al año de solamente 40k
Buenas tardes Angel; por mail le consulto algunas dudas, saludos Fernando
Hola,
Mi hermano es electricista y tributa monotributo pero las facturas que tenía antes decían que estaba comprendido en el literal e y ahora cuando fue a hacer las nuevas le dijeron que estaban mal hechas, el tema es que ya las utilizó. Puede llegar a tener consecuencias?
Gracias
Maria; en realidad dependerá del inspector de DGI que en su momento vea las boletas… pero creo que explicando lo ocurrido y viendo que fue un error involuntario no tendrían ningún problema en el futuro, saludos
Hola que tal. Tengo idea de vender productos informaticos audio y video quisiera saber que tope de facturación tengo al inscribirme como monotributo?.
Yo trabajo como dependiente y aporto se puede igual ingresar como titular de una unipersonal con opcion monotributo?
Vender insumos informaticos audio video entra dentro del regimen del monotributo?
Muchas gracias
Buenas tardes Horacio; te explico para poder inscribirte bajo el régimen Monotributista ; la facturación mensual aproximada al mes no debe superar los 32.618 pesos por este año (se ajusta anualmente en enero) no afecta para nada tu situación de dependiente y el giro de venta de insumos informáticos; saludos
Hola , me gustari montar una cafeteria, pequeña, de venta de tartas artesanales, puedo acceder al monotributo?, mil gracias.
Buenas tardes, si reúne los requisitos mencionados no habría ningún problema el telefono de DGI es 1344, puede consultar sobre su emprendimiento, saludos
Hola, mi marido tiene una deuda con bps de una sociedad anonima que hace años no se cerro puede el o yo que soy su esposa abrir un monotributo o una unipersonal? gracias..
Buenas tardes; cualquiera de los 2 puede inscribirse como Monotributista si reúnen los requisitos señalados; el tema aquí es que podría “saltar” lo adeudado por su marido en caso que la empresa se abriera a nombre de él, saludos
Buenas noches, estoy por dar de alta un monotributo, voy a dedicarme a los estampados textiles, la pregunta es; cuando compre los materiales para trabajar, remeras, materiales de estampados, etc, se paga iva o hay algun descuento?
Buenas noches; el régimen Monotributista NO permite descontar IVA, saludos
Hola Fernando, una consulta:
Si yo soy monotibuto y necesito justificar mis ingresos mensuales ante un organismo del estado.
Como puedo justificarlos? Si lo hiciera mediante escribano publico, que comprobante le puedo ofrecer si no tengo boletas de facturacion?
Agradezco mucho tus comentarios y felicito por el servicio prestado
Janet; la justificación de ingresos puede ser mediante un Escribano o Contador; la forma de certificarlos es mediante la facturación mensual en caso contrario tendra que consultarlo directamente con un profesional al tratarse de un organismo del estado el control es mayor, saludos
Gracias por tu anterior respuesta.
Entonces si el monotributo no descuenta iva, paga un iva minimo, o es como si fuera un consumidor final?
Alejandro; el Monotributo es un régimen opcional de aportación, mediante el pago de un aporte único (BPS y DGI), muchos trabajadores pueden ingresar al Sistema de Seguridad Social, de ahí que en términos de tributación para DGI actúa como “consumidor final”, saludos
Hola me llamo Horacio: Mi consulta es si abro una empresa comprendida en el Literal E, puedo tener màs de una Actividad en ella y facturar lo producido de todas esas Actividades en dicha empresa y aportar los impuestos correspondientes?
Buenas tardes Horacio, la respuesta a la pregunta es NO… es decir NO se puede tener “diferentes” actividades en un mismo giro (solamente si están relacionadas al “grio principal” es una ampliación de giro) en caso contrario si se trata de diferentes actividades (que NO tienen nada en común entre si) corresponde inscribir el nuevo giro con los impuestos correspondientes a pagar espero haber aclarado la pregunta, saludos
Cuales son las tareas con las cuales se pueden contratar con el Estado? o no hay ningun monotributista que pueda hacerlo
Marisa; con el Estado las tareas pueden ser varias dependiendo del giro de la empresa y los requisitos que solicite el Organismo al cual desean ingresar, saludos
Hola Fernando , estoy interesado en vender Insumos de computación, y algo de audio y video , (tipo mp3.mp4 ), las ventas serían vía internet y teléfonica , desde mi casa ,compraría los artículos a un importador y le vendería a usuarios finales y mis expectativas económicas están muy por debajo de los 30 mil mensuales , me corresponde monotributo? , te comento ademas que soy empleado de un edificio , no necesitaría pagar ante bps los gastos por cobertura de salud, me podés dar una idea de lo que me saldría mensualmente ante bps y dgi?
Desde ya muchas por tu atención
Daniel, si reune los requisitos como Monotributista (a parte de la facturación) no hay ningún problema de inscribirse en cuanto a la cobertura de salud hay una opción de inscribirse sin ella por 719 pesos al mes; saludos
Hola Fernando,quisiera hacerte una pregunta yo no entraria en las caracteristicas del monotributista,cuales serian las diferencias principales entre las unipersonales “pymes” y bajo el regimen general??Muchisimas Gracias,Juan!!
Buenas tardes Juan; antes que nada vale la pena aclarar la diferencia entre PYMES; UNIPERSONAL y REGIMEN GENERAL; cuando hablamos de las primeras nos referimos a pequeñas y medianas empresas (PYMES) es una empresa con características distintivas, y tiene dimensiones con ciertos límites ocupacionales y financieros prefijados por los Estados o regiones, en nuestro país están constituidas según la cantidad de personal ocupado, las ventas anuales netas y los activos.
En cuanto a la UNIPERSONAL nos referimos a una de las formas jurídicas adoptada por la empresa; la unipersonal incluye a aquellos empresarios que se inscriben como únicos propietarios del emprendimiento.
Cuando hablamos de REGIMEN GENERAL (para DGI es una forma de aportación -Regímenes de Tributación-) para la cual toda empresa que sus ingresos anuales superen los 652.365 pesos uruguayos por el año 2011 (se ajusta al principio del año) son consideras en el Regímen General determinando los siguientes impuestos a pagar: IVA; Anticipo IRAE; Anticipo Patrimonio, etc dependiendo de la actividad y la Naturaleza Jurídica adoptada, saludos
Hola Fernando, el sistema de monotributo me permite importar mercaderias? y tambien queria saber si se puede vender a credito. Muchas gracias
David
David; el monotributo esta pensado para pequeños emprendimientos o sea que importar mercaderias no esta permitido, las ventas pueden ser tanto a crédito como contado pero solamente a consumidores finales, saludos
hola quiciera saber cuanto tengo que aportar para ser monotributo con sociedad medica , seria yo solo, desde ya gracias
Buenas tardes Mauro; un monotributista sin cónyugue o concubina y sin hijos a cargo paga mensualmente 1.915 pesos, saludos
hola que tal primero felicitaciones por el blog quiciera saber si al contratar un monotributo con el minimo costo que serian 719 pesos aparte de eso pagaria algo mas que no lo nombren algun impuesto por cada factura o algo asi desde ya muchas gracias
Buen día Alejandro; gracias por las felicitaciones, quédate tranquilo que solamente pagas 719 pesos al mes esa es la idea del monotributo, con un solo importe se cancelan los aportes; saludos
Hola Fernando, soy monotributista desde hace muy poquito, soy artesano y mi pregunta es acerca de si tengo o no derecho a tener una boleta en el caso de querer comercializar mis artesanías a tiendas o a persona cualquiera que así me lo exiga. Si es así ¿como se procede en caso de tener que hacer una libreta de facturas?
Y una pregunta última, al inscribirme en BPS y DGI me dieron un cuaderno negro pero nadie me explicó como se va llenando el mismo, y con que datos.
Muy buena toda la la pagina y gracias por el tiempo
Alvaro; las boletas a imprimir debes solicitarlas en DGI con el formulario 5450 necesitas el numero de RUT de la imprenta, luego con el formulario y tu tarjeta de RUT (formulario de inscripción 6351, vas a DGI a solicitarla (18 y Fernandez Crespo) en cuanto al “cuaderno negro” creo que se trata del Libro de Registro Laboral del Ministerio de Trabajo; se anotan por ej: cambios de horarios del personal, sanciones, observaciones, etc… pero este libro es sellado cuando se inscribe la empresa en el MTSS, saludos
Por fin encuentro informacion actualizada, tengo un pequeño almacen golosinas comestibles etc, aprox 10m c de superficie, lo que no entiendo es, los 30mil pesos mensuales son de ganancia?? o son maximo ventas en bruto 30 mil , saco la cuenta si vendo 30mil al mes mi ganancia marcando con 20 por ciento la mercaderia es de 6mil psos por mes y con eso inclusive 719pesos es caro y lo otro que quiciera saber es donde voy a afiliarme que beneficios tengo etc, ejemplo en cuanto a salud termino perdiendo porque la sociedad privada de mi localidad ni ambulancia tiene es decir esta mucho mejor la salud publica q la privada.
Espero puedan evacuar mis dudas, gracias
Buenas tardes Juan, la Ley menciona; los ingresos anuales derivados de la actividad no deberá superar para el caso de empresarios unipersonales $ 391.419 (aprox. 30 mil por mes) el pago mensual de 719 pesos NO incluye cobertura de salud, por mayor información: BPS – Monotributo
Buenas noches si tenes una empresa comprendida dentro del literal E, si te llegas a pasar del tope anual de 652,364 que pasa.
Saludos
Carlos; pasandote del tope establecido lo correcto es realizar una modificación de impuestos; estableciendo la baja del IVA MINIMO por los nuevos impuestos a pagar: IVA General, Impuesto al Patrimonio e IRAE, saludos
hola Fernando, tengo que plantearte mi situaciòn actual. Soy empreado de un comercio que está a nombhre de mi hijo y yo estoy para jubilarme. mi hijo no quiere seguir con el comercio y decidió cerrarlo pñor tener muy bajas ventas. El se quiere instalar con un pequeño cyber en otgro local que no llega a los 15 m2. clausurado el comercio sed presenta ante DGI para abrir la nueva actividad como monotributista. Le dicen que por haber estado como contribuyente del régimen general no puedxe ser monotributista hasta que pasen tres años, aunque la actividad a desaqrrollar sea totalmente diferente a la que hacìa antes. (venta de comestibles). La inquietud a plantear es la siguiente: es tan así que aunque la actividad a desarrollar no tenga las dimensiones de la anterior ni el mismo giro no se pueda inscribir como monotributista? caso contgrario lo están llevando a la informalidad porque con lo que puede producir un pequeño negocio como el planteado se hace imposible cumplir con los aportes del régimen general. desde ya muchas gracias por lo que me puedas aclararf
Buenas tardes Rusvel; es correcto lo que le dijeron a tu hijo… la DGI toma en cuenta para la tributación la combinación de capital y trabajo para determinar bajo que regimen aportar por lo general son 3 (de menor a mayor) Monotributo, Pequeña Empresa y Regimen General; se puede ir “subiendo” de regimen pero NO ir hacia atras de lo contrario hay que esperar 3 años (como les informaron) lamentablemente estaban en el regimen “superior” o sea que tendran que esperar, de lo contrario abrir el monotributo a nombre de otra persona; espero haberte ayudado, saludos
Gracias Fernando por tu respuesta. Teniendo en cuenta lo expresado por ti, he pensado en abrir el monotributo a nombre mìo y poner a mi hijo como empleado. La duda que tengo es que cuando me jubile puedo conservar el monotributo, por el monto de la pasividad no va a haber problemas ya que la misma oscilarìa segùn me informaron en el bps en 5000 pesos. Al respeto desearìa me informaras si cuando me jubile puedo seguir como monotributista en el rubro cyber que es lo que pondriamos ahora, y también cuanto sería el aporte con soc médica mío y de mi hijo como empleado. desde ya muchas gracias.
Rusvel; lamentablemente con el mismo giro no podras mantener el monotributo; no solamente por el mismo giro sino por el mismo tipo de aportación no podras re-abrir es decir tu jubilación sera por Monotributo que aporta por Industria y Comercio; no podras abrir nada relacionado a Industria o Comercio una ves jubilado, saludos
hola me gustaria saber si el monotributista tiene derecho a la mutualisata
Marisa, solamente el Monotributo permite optar por la afiliación mutual o no; los valores dependeran de su situación actual; en el siguiente link están las diferentes aportaciones y pagos minimos: http://infopymes.wordpress.com/2011/11/22/monotributo-aportacion-y-pagos-minimos/
hola soy tapicero tengo 23 años y estoy arrancando queria saber como hacer para abrir una de esas empresas chicas , necesito local o pudedo abrirla aun trabajando en casa ? me darias bien la info de las cosas q necesito y a dnde tengo q ir o que me combiene mas . gracias espero info , saludos
Buenas tardes Sebastian; para abrir la empresa no es necesario contar con un “local” es decir podes realizarlo desde tu casa para mayor información podes concurrir al BPS de Ciudad Vieja en Atención Personalizada o en DGI Fernandez Crespo en la sección de Contadores; donde podran asesorarte mejor en tu emprendimiento, saludos
hola cómo estás?
la consulta es la siguiente… quisiera vender alojamiento web por internet y dar soporte técnico informático a particulares me serviría monotributo en este caso?
te comento que trabajo en una empresa en la cual ya tengo mutualista por lo tanto sería el costo base de 119 no?
desde ya muchas gracias, saludos!
Federico, lamentablemente el giro informatico no esta considerado como monotributista; el regimen tributario a optar es el de pequeña empresa o el regimen general…como pequeña empresa mensualmente pagaras 1960 pesos a DGI y en BPS dependera de tu situación actual con o sin hijos a cargo, saludos
Hola que tal me llamo claudia hace 3 meses abri un negocio y tuve que cerrarlo pòr bajas ventas y estaba aportando en bps pero aunque cerre no pude darle de baja a la empresa y no voy a poder ya que la persona que me inscribio se fue con boletas rut y todo lo mio y no puedo hacer el tramite quisiera saber que ocurre con la deuda que voy a seguir generando ya que la empresa sigue para el bps activa y yo no puedo pagar los aportes desde ya muchas gracias
Buen dia Claudia, la deuda seguira hasta que no clausure la empresa tanto para BPS como para DGI la empresa esta “abierta”, el NO tener la documentación no le impide cerrarla; realizando las denuncias de la “perdida” de la documentación y solicitando duplicado de RUT podra clausurarla, saludos
Hola, soy medico y quisiera emprender un gimnasio para.prevencion y rehabilitacion en salud. Debe ser pequeño, no mas de 40 socios, por lo que estariamos bien en el orden de lo establecido en cuanto a espacio e ingresos mensuales. Puedo ingresar como monotributo o como soy profesional quedo en otro grupo/sistema? Muchas gracias.
Buen dia Johan, por la actividad del emprendimiento y su profesión quedaria comprendido como IVA Servicios Personales liquidando IVA e IRPF bimensualmente, puede consultarlo mejor por telefono al 1344 interno 3 donde lo asesoran los contadores de DGI, saludos
hola, puedo hacer uso del plan leasing para comprar un utilitario, tengo una mini empresa unipersona l(no es monotributo) hace 5 años. gracias
Gabriel; en cuanto al tipo de Sociedad tengo entendido que no tendrias inconveniente; lo importante esta en como tributen frente a DGI; es decir como Pequeña Empresa o en el Regimen General (esto es importante por el IVA) lo mejor es que consultes con el Banco en el cual van hacer la financiación, saludos
Hola, mi consulta es la siguiente; soy monotributista desde noviembre de 2011, a la fecha facture; en noviembre $37930 brutos y en diciembre $46650 brutos, estoy pasado de facturacion o la suma es anual?, pregunto porque recientemente tramite un certificado de ingresos y el contador me dijo que tenia que cambiarme a pequeña empresa ya que estaba pasado de facturacion.
Agradezco su respuesta y si es posible, me podrias especificar cuanto es lo que se paga y cual es la diferencia con el monotributo.
Muchas gracias y feliz año!
Buen dia Alejandro; se estima (con datos del año pasado) que los ingresos anuales deben ser menores a $ 391.419 (unos aprox. 32.000 mensuales) las diferencias de “pasarse” al IVA Minimo resumiendo son: ingresos anuales inferiores a $ 652.365; personal ocupado no hay limite y ventas tanto a consumidores finales como a empresas; el pago mensual por el año 2012 son $ 2.110, en cuanto a realizar el cambio de tributación habria que tener en cuenta el “ritmo” de facturación mensual es el que ud. menciona tendria que realizarlo pero si solamente fueron esos 2 meses ( ej. por la temporada en su rubro) y el resto del año no supera el tope mensual…. lo mejor sera consultarlo con los contadores de DGI personalmente o por el telefono: 1344 , saludos y buen año!!
Hola, este año 2012 he decidido q voy a comenzar a dictar clases de ingles en mi casa ( en principio van hacer pocos alumnos algo de 15) , mi consulta es sobre los aportes, cuales son? que beneficio puedo tener al aportar? Muchas gracias.
Buenas tardes Ana, los aportes dependeran de su situación actual es decir con o sin hijos a cargo, con mutualista o sin ella etc, los beneficios: mutualista, aportes jubilatorios, etc, saludos
Muchas gracias por tu respuesta, como siempre.
Otra consulta; creo que la facturacion en todo el año va a pasar el limite del monotributo, si me pasara a pequeña empresa, ademas de las diferencias que me señalabas en la respuesta anterior, cuales serian los pagos mensuales totales que tendria con esta nueva categoria?, es decir, actualmente pago unos $1900 por el monotributo con opcion a cobertura medica; los $2110 que mencionabas antes, es el pago por los aportes y la cobertura medica, o esta ultima seria a parte?, en fin, lo que mas me interesa saber, son los gastos fijos que tendria teniendo una pequeña empresa.
Saludos.
Alejandro; los 2.110 pesos solamente son aportes correspondientes al IVA Minimo (DGI) los aportes al BPS son a parte dependiendo de tu situación variando desde $ 3.073 con conyugue e hijos a $ 2.566 sin conyugue y sin hijos (estas cifras aumentan este año), saludos
Hola Fernando, yo administro paginas web desde casa, basicamente trabajo con WordPess subiendo información , fotos y manteniendo el facebock del sitio, mis ingresos son de $ 15.000-mensuales, los directores del comercio quieren que abra una empresa para facturarles, mi consulta es:estoy comprendida y pudo ser monotributista ? , desde ya muchas gracias y muy buenos tus aportes, Saludos Maria Nube.
Buenas tardes Maria, tu giro (todo lo relacionado con internet) es considerado como un servicio, que significa esto que en DGI quedas comprendida como IVA Servicios Personales pagando cada 2 meses; la diferencia del IVA facturado (si corresponde IRPF tambien tendrias que pagar) en cuanto al BPS pagarias dependiendo de tu situación actual (de acuerdo a los hijos a cargo) y anticipando mensualmente sobre tus ingresos al FONASA (partiendo de un minimo de 1.455 pesos) también anualmente se presentan balances en DGI y en BPS sobre el FONASA; saludos
Hola, buenas, tardes. Queria saber si abriendo una empresa liteal E. Me permitiria importar repuestos de inforamatica en poco porte, y pequeñas cantidades. Osea se pudes importar con un liteal E. Desde ya muchas gracias.Eduardo.
Eduardo; si podes importar como literal E pero para hacerlo la empresa debe habilitarse como tal (en el formulario de inscripción debe optar por Importación) luego el despachante de aduanas necesita para la importación que todos los certificados esten vigentes es decir BPS, DGI y BSE; saludos
Sr/ Fernando, agradezco si puede responderme esta consulta. Soy monotributista, como modista. He comenzado a trabajar además como manicura. A efectos de posibles inspecciones, puedo agregar este rubro al de modista, pagando lo mismo? Es posible ser monotributista ejerciendo dos actividades, y cumpliendo con el resto de requisitos (único local 10m2. y no superando el tope de facturación)?
Buenas tardes Julia, consulte sobre su situación en DGI; tendria que “ampliar” el giro agregando el rubro modista y manteniendo la condición de monotributista; de todas maneras puede consultar ud mediante el tel: 1344 (hablando con los Contadores) y aclarando mejor su situación, saludos y suerte
buenas tardes ,mi nombre es marcelo y mi inquietud es la siguiente .yo me compre un camioncito y quisiera saber si para aportar x el camion necesitaria ser monotributista ? agradesco mucho su respuesta saludos
Buenas tardes Marcelo; el regimen de tributación ej: monotributista, pequeña empresa, etc… dependera del giro y la utilización del camión en dicho giro; de acuerdo a esos datos los Contadores en DGI o atraves del tel. 1344; podran decirle si puede ser Monotributista o en caso contrario como inscribir la empresa, saludos
Hola soy monotributista hace mas de un ano mi esposo es mi ayudante colaborador y tenemos una hija d 3 anos quisiera saber s me corresponde la asignacion gracias
Buenas tardes Tamara; si reunen ciertas condiciones obtendrian el beneficio de la asignación familiar; por mayor información lo conveniente sera preguntar directamente al BPS por los telefonos 0800 2001 o 1997; por mail a: consultasweb@bps.gub.uy, saludos
Hola Frenando primero quiero felicitarte por tu buena disposición, veo que respondes enseguida las consultas y que las mismas denotan un excelente conocimiento.
Te cuento mi situación, soy profesional hago aportes a la caja y tengo una unipersonal a la cual le facturo a una empresa constructora con la que trabajo. Ahora ando con ganas de importar un retroexcavadora, y según tengo entendido tengo que ampliar el giro? para poder realizar importaciones, esto me implica algun en cuanto a los impuestos que pago actualmente? puedo seguir tributando por IRPF y pagar el IVA?
La otra consulta es si las retro usadas importadas del exterior estan sujetas a IMESI? o solo debo pagar el IVA 22% mas el 10%?
Gracias
Buen dia Federico; gracias por las felicitaciones….. el conocimiento es mutuo, nos informamos y aprendemos en conjunto, consulte tu situación con los Contadores en DGI… resumiendo: tendras que ampliar el giro (en el mismo formulario habilitar la opcion de Importación) los impuestos a tributar se mantendrian IRPF e IVA (habria que ver si no te sirve optar por IRAE) en el momento de la importación surge IVA Importación a liquidar (es importante tener al dia los certificados de BPS, DGI y BSE, el despachante te lo explicara mejora) según el Decreto 96/90 art.35 no corresponderia IMESI (tasa 0) saludos Fernando
Gracias Monstruo !!
Tremendo lo tuyo, mil gracias !!
Federico; me olvide decirte lo que tendras que hacer con respecto al empleado primero darlo de alta en GAFI y MTSS para luego mensualmente realizar el envio de la nomina al BPS; el Ministerio renueva anualmente, saludos
Se me quedo pendiente una pregunta, cual crees vos que sea la forma que mas me convenga (pagar menos impuestos) que adopte para esta nueva actividad (importación de maquinaria vial y posterior arrendamiento con un empleado)
Federico, al estar inscripto como profesional y bajo el regimen IVA Servicios Personales; solamente tenes que “abrir” el nuevo giro surguiendo los impuestos correspondientes a esa ampliación; en tu caso el IVA por la importación y al presentar los balances anuales liquidar, IVA (por los servicios como hasta el momento), IVA Impotación e lRPF correspondiente, saludos
Excelente, voy a ver que me dice el despacharte !
Mil gracias
Federico; el despachante para realizar la importación necesita los certificados unicos de BPS; DGI y BSE; cualquiera de ellos va ser emitido al estar al día con los pagos en cada organismo; la DNA controla esos certificados para ingresar la mercaderia, saludos
fernando: lei todos los comentarios anteriores y entendi lo de los topes, mi duda es: si me pasara de los 30000 un mes ( ej: fechas como las fiestas) pero el resto del año vendo menos. Pierdo la calidad de monotributista? Gracias
Buenas tardes Natalia, en esa situación (de pasarte un mes) del tope mensual, personalmente creo que no habria ningun problema es decir la última decisión la tendra el inspector de DGI; no conozco “casos” en lo cuales al pasarse “un mes o salvo 3 meses” en el año tomen la decisión de oficio de cambiarte, pero si la situación se repite o sucede ej. 7 o 8 meses en el año; lo más probable es que de acuerdo a la facturación mensual modifiquen los impuestos a pagar pasando de Monotributista a Pequeña Empresa o el Regimen General; saludos
Fernando, la verdad que tus respuestas aclaran muchisimas dudas.
Soy jubilado y estoy pensando en iniciar una actividad como monotributo, confeccionando y vendiendo artesanias. Segun lo que he leido hay un tratamiento especial para el caso de artesanias, donde seria compatible es estar jubilado y tener una mini empresa y aportar por monotributo. Podras confirmarme si esto es asi. Muchas gracias.
Buen dia Anselmo, gracias por el comentario; te explico si sos jubilado por Industria y Comercio siempre y cuando no superes las 3 BPC = 7.251 pesos podras incribirte como Monotributista, saludos
Cual es el tope de facturacion para una empresa unipersonal regida en
el literal E. para el año 2012. gracias y saludos
Buen dia Francisco; por este año los ingresos anuales deben ser menores a 706.807 pesos; unos aprox. 58.900 pesos mensuales, saludos
Fernando, buenos dias:
Mi consulta es la siguiente, estoy pensando en abrir una Pequeña Optica , la cual cumple con todos los requisitos que vos informas.
Estoy comprendido dentro del Literal??
Buenas tardes Walter, todas las empresas unipersonales cuyos ingresos anuales NO superen los $ 706.807 pesos; no tributan IRAE ni IPAT; sólo pagan mensualmente un IVA mínimo y fijo, no discriminan ni agregan IVA en sus facturas; no presentan declaraciones juradas ante la DGI; dentro de este Literal están los monotributistas y pequeñas empresas; los requisitos para ser monotributista están en el informe; lo que no sabria decirte si tu rubro (OPTICA) puede ser incluido como tal o incluido como pequeña empresa pagando mensualmente IVA Minimo($ 2.110 por este año) más los aportes al BPS, los contadores en DGI por el tel 1344 podran ayudarte mejor, saludos
Hola Fernando.
Mi consulta es la siguiente; me dedico al diseño We servicio de mantenimiento a los sitios Web de mis clientes, ¿estaría incluído en el régimen de Monotributo?
¿Cuanto es el aporte mensual?
Desde ya muchas gracias y felicitaciones por tu labor y contribución
saludos cordiales Pablo
Buenas tardes Pablo, lamentablemente tu giro NO permite ser Monotributista; aportarias como IVA Servicios Personales realizando pagos bi-mensuales de IVA e IRPF; más la presentación de los balances contables ante DGI en BPS pagos mensuales y anticipos de FONASA, saludos y te agradezco las felicitaciones
Buenas noches Fernando, la verdad que felicitaciones por la página!
Estuve leyendo bastante y creo que entraría en Monotributo pero por las dudas te consulto.
Quiero abrir una escuela de modelos, que no serán muchos alumnos y la duración será de 3 meses.
El salón no será muy grande ya que es un espacio prestado por la Intendencia.
Y son 2 ó 4 horas por semana depende de si es un grupo o dos.
Ya estoy en BPS y Seguro por accidente por mi trabajo actual.
Pero solo registro como empleada de este, tendrías una idea de cuanto pago a DGI y si se puede registrar una Escuela de Modelos!
Buenas tardes, antes que nada gracias por las felicitaciones… paso explicarte “en teoria” si reune todos los requisitos antes mencionados entraria como Monotributista; la dude surge con el giro “Escuela de Modelos” ya que da enternder la realización de un Servicio; tendra que consultarlo personalmente en DGI o atraves del tel. 1344 interno 3; por los costos más información en este link: http://infopymes.wordpress.com/2011/11/22/monotributo-aportacion-y-pagos-minimos/, saludos
Buenas noches Fernando. Te cuento, tengo una peluqueria y aporto como Monotributista. Estoy aportando correctamente? Desde ya muchas gracias.
Buenos días Richard; si reune los requisitos necesarios puede perfectamente ser Monotributista (en teoria los reune ya que fue inscripto) lo que tendra que controlar de aqui en más es la facturación mensual que determinara si sigue bajo este regimen o tendra que “pasar” al regimen siguiente de Pequeña Empresa o Regimen General, saludos
Buenos días, soy profesora de inglés en mi casa, en el verano mi actividad merma considerablemente, no facturo mensualmente más de $30.000 en los meses picos. Puedo afiliarme al monotributo, cuál sería el aporte mensual? me correspondería cobertura mutual?
Desde ya muchas gracias por su atención.
Alicia
Buenas tardes Alicia; si reune los requisitos antes mencionados puede inscribirse como Monotributista (puede consultar por el tel 1344 int. 3 con los Contadores de DGI; puntualmente su situación) por información de costos de la empresa: http://infopymes.wordpress.com/2011/11/22/monotributo-aportacion-y-pagos-minimos/, saludos
HOLA,QUERIA PREGUNTARE,TENGO UNA UNIPERSONAL(PEQUEÑA EMPRESA)DE LIMPIEZA CUANTO PUEDO FACTURAR AL MES ?QUE ESTE DENTRO DE LO COMPRENDIDO PARA NO PAGAR IVA.GRACIAS
Buenas tardes Elisa, por este año 2012 el importe anual de ingresos no puede superar los 706.807 pesos; esa cifra divida 12 da un promedio mensual de 58.900 pesos aprox. saludos
Buenas tardes,quisiera vender en mi casa en un sitio reducido prendas de montevideo y ademas soy masajista quisiera saber si puedo inscribirme como monotributista
Buenas tardes Leticia; si reune los requisitos antes mencionados puede inscribirse como Monotributista (puede consultar por el tel 1344 int. 3 con los Contadores de DGI; puntualmente su situación) por información de costos de la empresa: http://infopymes.wordpress.com/2011/11/22/monotributo-aportacion-y-pagos-minimos/, saludos
Hola Fernando, quisiera hacerte 2 preguntas: ¿si empiezo a aportar como monotributo con la opción oficio, puedo realizar 2 o mas oficios (ejemplo: electricista, técnico de pc y fotógrafo) o solo me puedo desempeñar con un solo oficio siendo monotributista?
¿aportando como monotributista y con la opción a mutualista, si luego empiezo a trabajar como empleado de una empresa, puedo seguir aportando como monotributo pero sin la opción a mutualista?
Muchas gracias por tu tiempo.
Buen día Gabriel; respuestas a las preguntas: A- podes inscribirte realizando 2 o mas oficios y B- podes dar de baja la opción a mutualista una ves ingresado como depediente, saludos
Hola Fernando,tengo una consulta compleja. Estoy por abrir una empresa en el rubro alta costura,el monotributo me corresponde? la idea es alquilar un pequeño local en un barrio. Si quisiera anexar organizacion de fiestas,podría con una unipersonal contar con los 2 rubros?porque el mononotributo no creo que me corresponda.
Y si ademas de estos rubros quisiera expandirme a corredora de seguros,tendría que abrir otra empresa o al tener la anterior abierta me exoneran de algo?Si tuviera que abrir,con que tipo de empresa pagaría menos?
Agradecería tu orientacion.
Saludos
Noe
Buenas tardes Noe; DGI toma en cuenta para determinar la forma de tributación la combinación de Capital y Trabajo; de ahi surgira si debe aportar como Monotributo, Pequeña Empresa o Regimen General; una empresa UNIPERSONAL como tal puede tener varios rubros o giros de acuerdo a ellos tributara ante DGI; el Monotributo “paga menos” ya que se entiende ” factura menos” al ser un “pequeño emprendimiento”; espero haberte “aclarado” el panorama o por lo menos lograr que “captaras” la idea en cuanto a las diferentes formas de tributar, saludos
Hola quisiera hacerle dos preguntas:Los Monotributistas pueden vender con tarjeta de crédito?
Si fuera asi el descuento que estas realizan por la ley 17. 453 se puede reclamar a la DGI para que sea devuelto? Gracias
Federico por las dudas te contesto tambien por aca; podes vender con tarjetas pero NO solicitar la devolución del descuento (se pierde) dado que el Monotributo NO puede descontar IVA; saludos
Hola ayer te hice una pregunta pero no la veo por acá te lo voy a volver a hacer.El Monotributista puede vender con tarjeta de crédito? Si es asi el descuento que te hace la tarjeta de crédito por la ley 17453 ese dinero te lo devuelven de alguna manera? Gracias, la verdad que sos muy claro en tus respuestas.
Buen dia Federico; el monotributo te permite vender a credito (o sea utilizar tarjetas de credito) pero el descuento que realizan las tarjetas NO podra ser utilizado dado que el Regimen de Monotributo NO permite descontar el IVA, saludos
hola.tengo un terreno valdio y me gustaria poner un puesto deverduras en el.Podria usar una carpa de lona de 50 metros cuadrados para mi negocio? o la carpa es considerada local y por lo tanto tendria que ser de 15 metros cuadrados?cuanto deberia aportar por mi incluyendo sociedad medica?no tengo hijos.Y cuanto deberia aportar por un empleado mayor de edad soltero y sin hijos que trabaje 44 horas semanales?agradesco su respuesta tan valiosas,saludos
Buenas tardes Ricardo; el metraje que se tomara en cuenta sera el de la lona como local; la aportación al Monotributo son: http://infopymes.wordpress.com/2011/11/22/monotributo-aportacion-y-pagos-minimos/; en cuanto al empleado dependera de lo declarado mensualmente en la nomina al BPS; teniendo en cuenta el salario minimo de acuerdo a su sector; por más información: http://www.mtss.gub.uy/index.php?option=com_content&view=article&id=1665&Itemid=340, saludos
Hola Fernando quisiera saber yo tengo monotributo, pero facturo unos 7000 pesos aprox por dia en un kiosko con quiniela que no se si esta amparada dentro del monotributo, me podrias indicar que aporte deberia de hacer para estar en regla de acuerdo a lo que facturo, porque son mas de 200 mil pesos por mes y excede mucho el monotributo, me escribis por mail y me decis cuanto cuesta el trabajo ? Gracias
Buenas tardes Alejandro; te envio la información por mail, saludos
Buen día Fernando, mi consulta es la siguiente: con dos amigos pensamos abrir una empresa que se mueva en el rubro construcción, trabajada por nosotros mismos. Seríamos tres los titulares. ¿Que tipo de empresa nos conviene abrir, que nos incluya aportes y cobertura mutual a los tres ? ¿ Qué costo mensual tendríamos por esos aportes ? Tenemos un proyecto para trabajarle a una empresa y los ingresos superarían los $ 600.000 anuales. ¿Conocés algún programa que de crédito como capital inicial ? Muchas gracias y disculpá la molestia.
Buenas tardes German; al tratarse de 3 integrantes legalmente hablamos de una sociedad; puede ser “de Hecho” sin un Contrato Registrado o una SRL con un Contrato Registrado Obligatoriamente por Escribano Publico; en cualquiera de las 2 opciones los titulares pierden el derecho de cobertura medica (deberan pagarla de forma particular) en cuanto a la aportación en BPS: siendo Sociedad de Hecho $ 1.351 c/u siendo SRL $ 1.842 c/u; en DGI aportaran bajo el Regimen General; anticipando mensualmente IVA; IRAE e IPAT (más balances anuales) lamentablemente no conozco ningun financiera de credito en PYMES para recomendarles, espero que con la información anterior les aclare un poco el panorama, suerte y saludos
muchas gracias
De nada.. a las ordenes por cualquier otra consulta relacionada a este tema; enviame un mail a la casilla: fernandogomez@adinet.com.uy, saludos
Fernando queria preguntarte: tengo una empresa unipersal que se dedica al turismo. Quiero vender la camioneta que tengo. Tengo que facturarla. Si la facturo cierro la empresa. Serian 3 meses de actividad de la misma. Si hago esto superaria el monto anual.
Buenas tardes Alvaro; no me queda muy clara la pregunta pero veo que es una situación muy concreta lo mejor sera que consultes directamente a DGI personalmente o por el telefono 1344 pidiendo que te comuniquen con los contadores, saludos
Excelente la información del blog, aun no me queda claro si una E Monotributo (empresa que los ingresos anuales deben ser menores a $ 391.419 (unos aprox. 32.000 mensuales) o sea que los ingresos diarios deben ser menores a $1.300. Deberé vender casi $1.300 por día o mi ganancia deberá ser de casi $1.300 por día Se supone que tendré un 25% de ganancia. gracias por su atención
Buenas tardes Estela; los valores minimos varian al comienzo del año; por el 2012 siendo unipersonal los ingresos deben ser menores a 424.084 pesos, haciendo las cuentas correspondientes debera vender casi 1.300 pesos por día, saludos
hola soy modista y fabrico ropa,me gustaria aportal por mi trabajo ya q tengo un pequeño taller en mi casa en el que trabajo solo yo, me podrian explicar el monto minimo q tengo q facturar para ser un monotributo? gracias
Buenas tardes Irene, para ser Monotributista los ingresos anuales deben ser menores a $ 424.084, saludos
Hola, pienso abrir un kiosko de venta de cigarrillos golosinas bebidas etc,el local tiene menos de 15 mts 2,asi q pienso q califica para el monotributo,cuanto seria el costo mensual incluyendo la mutualista?hay algun otro aporte anual ? y como quedaria mi aporte al BPS ?,hasta hace poco aportaba a una AFAP y al BPS en mi empleo anterior. GRACIAS
Buen dia Fernando; en el siguiente link de la DGI se aclaran mejor tus dudas:http://www.dgi.gub.uy/wdgi/hgxpp001?6,5,430,O,S,0,MNU;E;114;10;MNU;,, saludos
Fernando mil felicitaciones,por tu conocimiento, te hago una pregunta quiero cerrar mi empresa en regimend ede pequeña empresa que documento tengo q llevar para el cierre de la misma ante bps y dgi, gracias
Buen día, antes que nada gracias por la felicitaciones ……. para clausurar y en forma resumida:
primero se debe solicitar el cierre ante el Ministerio de Trabajo (atraves de Venetus) contestan via mail para luego concurrir al BPS (Ciudad Vieja) o DGI (Fernandez Crespo) con formulario 355 (Cancelación) , form. 453 (Entrega de Papeleria Impresa) , tarjeta de RUT y fotocopia de CI, saludos
hola buen día, soy monotributista desde agosto del2008 soy masajista tipo de contribuyente 43 aportación industria y comercio , mi pregunta es puede hacer un leasing vehículo utilitario? agradezco su respuesta , si tengo posibilidades? , verónica.
espero respuesta saludos gracias.verónica.
Respuesta en contestación anterior, saludos
Buenas tardes Veronica; para los leasing los requisitos son 2: que sean contribuyentes de Irae ó de Imeba…
las actividades de monotributo pueden ó no combinar capital y trabajo, por eso no se los tomaría para el leasing; este link aclara como funciona el sistema de leasing: http://www.derechocomercial.edu.uy/ClaseContCrUso01.htm, saludos
Fernando,
Antes que nada felicitaciones por el blog, he encontrado información muy útil.
Estoy por emprender un proyecto en el que quisiera dedicarme a brindar servicio tecnico informatico, reparacion, venta de insumos, etc. Quisiera saber si con ello puedo estar dentro del monotributo, o qué es lo que me recomiendas tú para ello.
También tengo otra duda, he leído varios planteos pero no me queda claro si el tope aprox de $30000 mensuales o $300000 anuales se refiere al total de las ventas o solo a la ganancia. porque en caso de ser solo la ganancia se podría vender mucho más dinero que ese.
Agradezco si podes enviarme tu respuesta al mail.
Muchas gracias por tu tiempo, saludos!
Buen día Bruno, gracias por las felicitaciones… la idea es esa …”he encontrado información muy útil” me alegro mucho…con respecto a tu pregunta te paso este link del Contador Abelleira que mejor que yo explica tu situación:http://abilleira.wordpress.com/2012/03/18/una-unipersonal-que-es-monotributo-porque-realiza-tareas-de-informatica-con-materiales-cuyo-giro-sera-venta-de-servicios-de-informatica-por-internet-puede-continuar-siendo-monotributo-es-un/; respondiendo la otra consulta es sobre el total de los ingresos por las ventas, saludos (te re-envio la respuesta al mail)
quiero poner un kiosco,y me gustaría saber que impuesto pagaría y que forma jurídica me combendria
Buen día Romina; es dificil asesorar sin tener “toda” la información del proyecto te paso los siguientes links; donde podras encontrar mayor información; espero que te ayuden: http://www.pymesuruguay.com/servicios/asesoramiento/PASOS_inscripcion.htm y http://gestoria.wordpress.com/empresas-en-uruguay/, saludos
Buenas noches,tuve una empresa unipersonal la cual se encuentra cerrada desde hace ya como 8 o 9 meses ya que cerre el local de gastronomia que tenia,ahora me voy a comprar una camioneta para trabajarla repartiendo garrafas de gas ahora en la zafra,luego fletes,etc,puedo abrir una empresa monotributo,la trabajaria yo solo.gracias
Buen dia Gustavo; lo importante a tener en cuenta no es la naturaleza juridica de la empresa (UNIPERSONAL; etc) sino el regimen por el cual aportabas hace aprox. 9 meses es decir si fuiste MONOTIRBUTO podras nuevamente inscribirte como tal en caso contrario tendras que esperar 3 ejercicios (3 años), saludos
BUENAS TARDES HE LEIDO BASTANTE TODA LA INFO Y REALMENTE HE QUEDADO MUY CONFORME Y ME GUSTARIA HACER UNA CONSULTA, MI NOVIO TIENE UNA BARRA EN UN BAILE Y YO TRABAJO EN BOLETERIA LOS INGRESOS DE EL SON MENORES A 30 MIL Y LOS MIOS SON DE 12000 PODRIAMOS SER MONOTRIBUTISTAS? AGRADESCO RESPUESTA, MUCHAS GRACIAS
Buenas noches Adriana; en cuanto a la aportación en DGI podrian ser Monotributistas siempre y cuando sean los “dueños” de esos sectores; BPS cuestionara si no se está tratando de “encubrir” una relación de dependencia como ves es una pregunta muy especifica, cualquier duda pueden consultarlo en DGI con los contadores en Planta Baja o al 1344 y en BPS por el 0800 2001, saludos
hola! soy del interior y trabajo como cobradora de algunos negocios, además de realizar trabajos administrativos “zafrales” en uno de ellos. Mis ingresos por esos trabajos, no llegan a $ 18.000 mensuales, y ahora, ese comercio donde hago a veces de administrativa, me exige factura para efectuar el cobro de mis tareas, entonces quisiera saber si Ud. me puede informar, si puedo -por las tareas que realizo- ingresar al sistema de monotributo, y en caso afirmativo, cuánto (aproximadamente) debería aportar al mes.
Desde ya muy agradecida y felicitaciones por el blog y la información en él contenida.
Saludos; Alejandra
Buenas tardes Alejandra; el giro “cobradora” y “trabajos administrativos” por lo general es considerado un Servicio o sea que no creo que te inscriban como Monotributista tendrias que consultarlo personalmente en la dependencia de DGI de tu ciudad; los valores de aportación para Monotributo son: http://www.bps.gub.uy/Empresas/AportacionPago/MinimosEmpresas/Monotributo.aspx?menu=empresas en caso contrario los valores serian: http://www.bps.gub.uy/Empresas/AportacionPago/MinimosEmpresas/IndustriaYComercio.aspx?menu=empresas, saludos
cual seria mi jubilacion de aportar el monotributo si me jubilara en estos tiempos, gracias es para tener una idea ya que estoy a punto de afiliarme
Buen día Karina, para acceder a la jubilación debe tener 60 años y 30 años de aportación como mínimo partiendo de estos requisitos comienza el calculo que es un porcentual que se aplica sobre el sueldo básico para determinar la jubilación que corresponde; como vera es “dificultoso” determinar el monto sin tener todos los datos; puede solicitar un estimativo en cualquier sucursal del BPS, saludos
Buenos dias . me gustaria saber cul serian las condiciones para una pequeña empresa rural acceder al sistema de licing.Muy agradecido si me pueden responder . Saludos !!
Buen día Tony, te paso este linK:http://www.derechocomercial.edu.uy/ClaseContCrUso01.htm, donde aclara muy bien en que consiste el Leasing, las condiciones especificas para una empresa Rural creo que tendrias que consultarlas directamente en la financiera con la cual solicitas el préstamo, suerte y espero haberte ayudado; saludos
buenos dias me gustaria que me guien que es lo que debo o me conviene hacer quiero largarme por mi cuenta y tener un empleado calculando un monto mayor a los 600000 anuales . unipersonal,mini empresa que seria srl y cuanto seria el aporte a dgi . y si hubiese alguna manera para que le perteneciera a mi a mi familia sociedad medica desde ya muchas gracias
Buenas tardes Carlos; primero manejando un monto anual mayor a los 600.000 anuales ingresaria en DGI como Pequeña Empresa pagando mensualmente por este año 2.110 pesos (no descontando IVA) segundo en cuanto al BPS dependera de la naturaleza juridica de la empresa es decir: Unipersonal dependiendo de los hijos a cargo podria obtener la cobertura para su familia pero como SRL pierde ese derecho ud y su familia aportando particularmente la cobertura medical, saludos
hola soy mario fabrico cajones peruano se los vendo a particulares pero recivi una oferta de una casa de musica que devo hacer para estar en regla teniendo en cuenta que travajo en mi casa por que el material ya lo compro cortado solo lo ensamblo y le doy terminacion travajo en un lugar de 2×2 ( no tengo pensado alquilar nada por que como procedo esta bien y el lugar me alcanza te agradezco tu informacion
Buenas tardes Mario; lo importante a tener en cuenta es si la casa de música desea descontar IVA; en caso que no lo desee podrias inscribirte (de acuerdo a la facturación mensual) como Monotributo o Pequeña Empresa si necesitan descontar el IVA tendrias que inscribirte en el Regimen General; saludos
hola
Me podrian asesorar. Mi duda es si soy jubilado trabaje toda mi vida como empleado, ahora puedo abrir una empresa como monotirbutista?
A mi jubilacion no la modifica en nada?
Gracias Saludos
Buenas tardes Augusto; puede inscribirse como monotributista siempre y cuando su jubilación no supere las 3 BPC (unos 7251 pesos aprox.) y no sea por el mismo tipo de aportación por el cual se jubilo, en cuanto a si modifica o no su jubilación actual nadie supo contestarme la pregunta; deberia consultarla personalmente en BPS en la parte de Jubilaciones, saludos
Hola buen dia, me acabo de comprar una impresora y tengo el interes de realizar impreciones como tarjetas, bolantes, etc. que tipo de empresa tendria que abrir? ya que es en mi domicilio. gracias.
Buenas tardes Carlos, lo importante a tener en cuenta es el tamaño del emprendimiento es decir DGI toma en cuenta la combinación de capital y trabajo para determinar el regimen de aportación; las condiciones para ser Monotributista estan mencionadas en el articulo, las siguientes son Pequeña Empresa y Regimen General por más información: http://www.dgi.gub.uy/wdgi/hgxpp001?6,5,45,O,S,0,MNU;E;19;4;MNU;,, saludos
Yo soy ingeniero agronomo, tengo una unipersonal hace 4 años, soy contribuyente IRPF, hay posibilidades que pueda hacer un leasing, osea pueda comprar una camioneta utilitaria???? que debería de hacer???
Buenas tardes Gabrtiel; te paso este linK:http://www.derechocomercial.edu.uy/ClaseContCrUso01.htm, donde aclara muy bien en que consiste el Leasing, las condiciones especificas tendrias que consultarlas directamente en la financiera con la cual solicitas el préstamo, suerte y espero haberte ayudado; saludos
hola te felicito por quitarnos miles de dudas ,estoy por poner un salon de fiestas , lo voy a trabajar con mi cincuvino y tenemos dos hijos ,podriamos ponernos como mono tributo con la sociedad medica,cuanto pagariamos,y si no es asi como tendriamos que aportar y que monto seria para acceder a la mutualista con los niños.gracias
Buenas tardes Carmen; no sabria decirles si el emprendimiento de un salon de fiestas puede ser considerado un Monotributo (no tanto por la facturación mensual sino por el giro especifico) los valores a las diferentes opciones son; como monotributo: http://www.bps.gub.uy/Empresas/AportacionPago/MinimosEmpresas/Monotributo.aspx?menu=empresas como regimen general: http://www.bps.gub.uy/Empresas/AportacionPago/MinimosEmpresas/IndustriaYComercio.aspx?menu=empresas, vale aclarar que estos valores son solamente para BPS, saludos
Hola mi pregunta es la siguiente.Yo vendo herramientas electricas de mano por lo general en mi domicilio,el tema es que hay algunas empresas que quieren comprar mis productos y por lo tanto desean que sea con boleta.
Mi comision no llega a los 30000$ por mes pero que me podes sugerir
Desde ya muchas gracias .
Buenas tardes Oscar; en teoria y cumpliendo todos los requisitos antes mencionado podrias inscribirte como Monotributo lo importante a tener en cuenta es el “tamaño” del emprendimiento y la cantidad estimada de facturación mensual, saludos
muy buena toda tu informacion!! mi pregunta es . si tengo una unipersonal asta cuantos empleados puedo tener afiliado?
otra consulta: cuantos años de edad tanto hombre como mujer tiene que tener para poder jubilarse?
muchas gracias.
saluds
Buenas tardes Luz, lo importante a tener en cuenta es el regimen de aportación a DGI, si es unipersonal como monotributista puede contratar hasta un empleado; si tributa como pequeña empresa no hay limite de empleados; en cuanto a la jubilación los requisitos son para ambos sexos: 60 años de edad y 30 años de servicios mínimos, saludos
hola me gustaria saber si podria acceder como empresa monotributo, me dedico al rubro electronica( alarmas, cctv, control de acceso, reparaciones), electrico con posibilidad de firma autorizada y otros tipos de instalaciones ej: redes utp, inalambricas y centrales telefonicas. tambien trabajo con fibra optica y poseo vehiculo. gracias
Buenas tardes Fernando; en teoria y cumpliendo todos los requisitos antes mencionado podrias lo importante a tener en cuenta es el “tamaño” del emprendimiento y la cantidad estimada de facturación mensual, saludos
Hola, quisiera saber si puedo ampararme al régimen de monotributo, soy idóneo contable y la idea es realizar el pasaje de documentación contable para 2 o 3 empresas chicas, sin realizar balances, sólo las liquidaciones mensuales de impuestos. Muchas gracias
Buenas tardes Jaquelin, las “tareas administrativas o contables” por lo general NO son consideradas como Monotributo; sino como un “servicio a las empresas” tributando IVA Servicios Personales pero podrias consultar personalmente en DGI en el Edificio de Fernandez Crespo y Colonia; en Planta Baja con los Contadores, saludos
Fernando un gusto haber encontrado esta pàgina no te imaginas lo importante q es tu aporte. Te cuento que abri una unipersonal pero me dijeron que no pagaba el minimo de IVA tu tenes idea cuanto es eso? muchas gracias.
rectifico mensaje anterior:
Fernando un gusto haber encontrado esta pàgina no te imaginas lo importante q es tu aporte. Te cuento que abri una unipersonal pero me dijeron QUE pagaba el minimo de IVA tu tenes idea cuanto es eso? muchas gracias.
Buenas tardes Ana, muchas gracias por las felicitaciones…. el IVA Minimo por este año son 2.110 pesos mensuales (cambia cada año), saludos
OTRA pregunta si tengo una empresa unipersonal no descuento IVA? una empresa unipersonal es lo mismo que una pequeña empresa ? gracias Fernando!!
Ana, paso a explicarte una cosa es la Naturaleza Juridica de la Empresa (Unipersonal, SRL, SA, etc este link explica mejor la situación: http://gestoria.wordpress.com/empresas-en-uruguay/) y otra es la forma de tributación ante DGI (http://gestoria.wordpress.com/empresas-en-uruguay/pasos-a-seguir-para-instalar-una-empresa-en-uruguay/inscripcion-en-dgi/) espero haber aclarado tus dudas, saludos
disculpa Fernando, seguramente es obvio, pero aun no lo entiendo. Te cuento yo abri una pequeña empresa, me dijeron que tenia que ir a la DGI, porque el IVA de la pequeña empresa es menor. Esa es mi duda al hacer la boleta cuanto por ciento màs de tengo q agregar al costo.?
otra consulta, un amigo me dijo que el creia que no me podia dar trabajo porque la pequeña empresa no descuenta IVA y a el eso no le sirve. Esta en lo cierto mi amigo? No podre trabajar con empresas que no puedan descontar IVA conmigo?
Buenas tardes Ana; lo importante es saber (o consultarlo en DGI) bajo que regimen de aportacion fuiste inscripta; te explico dentro de las “pequeñas empresas es decir contribuyentes de pequeña dimensión económica” estan el Monotributo y la Pequeña Empresa; ninguna de las dos descuentan IVA; la diferencia entre ambas en cuanto a los aportes a DGI es que el Monotributo paga un importe con el cual “cubre” BPS y DGI en cuanto la Pequeña Empresa paga ademas de los aportes al BPS un monto fijo a DGI llamado IVA MINIMO por este año mensulamente son 2.110 pesos. saludos
Fernando gracias por tus respuestas. Monotributo no. Me inscribieron en el grupo Pequeña empresa . Asì que por lo que tu me decis, no descuenta IVA. Por lo tanto no puedo trabajar con empresas que descuenten IVA (mi amigo tenia razòn). Dice Cont. comprendido Lit E art.52 .titulo 4 ………
Tu me dices que tengo que pagar de IVA 2110 pesos mensuales( el aumento es gradual comienzo pagando $ 528 pesos . A eso le sumo por BPS $ 2744.
lo ùltimo q no me queda claro, al hacer la boleta al costo final le agrego el 22 % de IVA. (o es menos??
gracias FErnandoooo
Ana, en realidad se puede trabajar con cualquier tipo de empresas es decir descuenten o no IVA el tema esta en si la empresa quiere descontar IVA no lo puede realizar con el formato de tu empresa; otro tema el Regimen de aportación gradual es un beneficio que debe consultarse en el momento de la inscripción (si se reunen todos los requisitos se puede obtener) consiste en:
Régimen gradual del aporte jubilatorio patronal:
1er ejercicio tributa el 25% del aporte
2do ejercicio tributa el 50% del aporte
Desde 3er ejercicio tributa el 100% del aporte
en cuanto a la facturación, tus boletas van impresas con la leyenda “Cont. comprendido Lit E art.52 .titulo 4″ esto mismo indica que NO DESCUENTAN IVA, por este motivo las boletas NO tienen la opción de “agregar” el IVA (de ahi que NO pueden utilizarlas quienes- como empresas- lo descuentan), saludos
hola soy masajista trabajo a domocilio quisiera saber si me puedo afiliar a monotributo y si esto de estar afiliada me sirve en el momento de hacer gestiones donde tengo que presentar recibos de sueldos los cuales obiamente en este momento no tengo y por el trabajo que realizo no los voy a tener???la otra consulta es cuanto tengo que pagar mensualmente para estar afiliada al mismo desde ya gracias
Buenas tardes Noelia, en teoria no habria ningún problema en inscribirte como monotributista (reuniendo todos los requisitos indicados) en cuanto a los aportes: http://www.bps.gub.uy/Empresas/AportacionPago/MinimosEmpresas/Monotributo.aspx?menu=empresas, para justificar los ingresos tendras que solicitar un Certificado de Ingresos a un Contador o Escribano, saludos
Hola Fernando! Te comento mi situación. Soy monotributista y voy a cerrar mi comercio por motivos personales. La pregunta es debo presentar las boletas que halla realizado? Debo abonar algo? Cuales serian los pasos a seguir? Desde ya muchas gracias. Y muy buena la pagina.
Buenas tardes Maria Jose; para la clausura (previo cierre en Ministerio de Trabajo) se necesita la última factura realizada y las que quedan en blanco se entregan a DGI aparte de los 200 pesos en timbre (para los formularios) si la clausura se da en los plazos correspondientes no genera multas; los pasos a seguir según este link:http://www.bps.gub.uy/BrowserNetCM.aspx?menuBN=&res=Empresas/contribuyentesComunes&desc=Empresas/cabezalInsModFormComunes.html&var=O%2fVKQfdnJgXqaw%2bm2uTWxoDF1Lj%2fQNY76v%2fsHhufH45prWRPRlv2yfKd0iLufx0enFOOBn840qVi7bNHRRtoZrP%2bDtxiCRbfTXmTKmJkfYtEA%2bNWHQV%2fvDcd2QOSXF7LPiFDoD2r%2fzo%2bWQBlj7rQ80t4iZQp49Sy&menu=empresas#, saludos
Muchas gracias Fernando!
De nada… a las ordenes, saludos
Hola mi nombre es Valeria y me gustaria saber si para hacer mantenimientos de piscina puedo abrir una empresa monotributaria. El trabajo que realizo es en casa de familias y voy a un club hacer solo un control ellos tienen su empleados. Mi idea es trabajar con mi hermano tambien se podrá ponerlo como empleado?.Tienen idea del costo mensual ?. Yo fui al BPS el año pasado y me dijieron que ese rubro no estaba en planilla pero tengo un amigo que hace lo mismo y ahora se pudo anotar a el se lo hizo su hija pero esta estudiando y ahora no me puede ayudar.
Agradesco su respuesta.Saludos.
Buenas noches Valeria; en teoria el giro “Mantenimiento de Piscinas” no esta considerado como monotributo pero si a tu amigo lo inscribieron tendrias que consultar nuevamente en DGI….en cuanto a incluir a tu hermano como empleado no hay ningún inconveniente en cualquier regimen que te incluyan lo que si varia es el “costo” de acuerdo al regimen de tributos y el sueldo a declarar segun lo establecido por el convenio en Ministerio de Trabajo, saludos
Hola! tengo una consulta, quiero fabricar ropa para vender (Mandando a talleres que fabrican y me dan boleta de eso) cuanto paga una empresa (en BPS y DGI) que pueda descontar IVA? Muchas gracias!
Buenas noches Maria, para descontar IVA deben inscribirse como Regimen General; que significa estoy a rasgos toda empresa que sus ingresos anuales superen los 706.807 pesos uruguayos por el año 2012 (se ajusta al principio del año) son consideras en el Regímen General determinando los siguientes impuestos a pagar: IVA; Anticipo IRAE; Anticipo Patrimonio presentando balances anuales; dependiendo de la actividad y la Naturaleza Jurídica adoptada, saludos
hola, que tal? quisiera saber, que es el rubro 43 y que es el rubro 45, ya que un conocido se hizo monotributista por ser vendedor de artesanias, y le asignaron el rubro 45 y todos los demas del mismo lugar son rubro 43 lo que notamos es una diferencia monetaria, no demasiado pero tampoco podemos estar seguros de eso, ya que cuando hizo el tramite, era mediado de mes y le dijieron que le iban a venir 13 dias a pagar primero y despues si el mes completo de ahi en adelante, el asunto es que si le vino esa suma por 13 dias si va a ser mucha la diferencia monetaria, y si fuera el mes entero no serian ni 200 pesos de diferencias, pero si es asi porque dicen una cosa y hacen otra, uno se pierde entre tramites en este uruguay y en ves de ser claros nos marean mas todavia, bueno muchas gracias y disculpas por las molestias, pero la verdad es que uno camina ya con desconfianza por las oficinas, ante la propia ignorancia y algunos empleados poco claros o talvez con un poco de ignorancia a su vez, bueno nuevamente gracias
Buenas noches Karina; los rubros 43 y 45 se refieren al TC (Tipo de Contribuyente) son Contribuyentes de Industria y Comercio sin Dependientes; el codigo: 43 : Unipersonal sin dependientes, “monotributo”, sin cuota mutual y el codigo 45: Unipersonal sin dep., “monotributo”, con cuota mutual (titular o cónyuge), la diferencia que notan es el valor de la cuota mutual, saludos
muchas gracias por sacarnos de dudas, muy buenas respuestas siempre, muchisimas gracias, y hasta mi proxima inquietud
Buenas tardes Fernando, de antemano las gracias por esta asistencia que estás prestando.
Yo tengo un monotributo, y por un apoyo económico de ciertos entes para una serie de espectáculos en el interior, les tendría que facturar, y además el importe es muy alto, alrededor de $700.000. El tema es que normalmente no tengo una alta facturación, sería solamente esta situación, y luego volvería a tener los ingresos habituales. Es una situación que ignoro como sobrellevar, y de ser posible agradezco to ayuda.
Buenas tardes Pablo, gracias por las felicitaciones… te explico en teoria tendrias que realizar la modificacion de impuestos (del Monotributo a lo que corresponda es decir Pequeña Empresa: Literal E o Regimen General) lo importante a tener en cuenta es que una ves realizado el cambio por 3 ejercicios = 3años no podras volver a ser Monotributo, saludos
Muchas gracias por tu pronta respuesta Fernando. Ese cambio demora mucho?, y calculo que cambiará también el RUT no?
Pablo, la modificación es en el momento (por lo menos en Montevideo) es mediante un formulario 351 ingresando a partir de que fecha es el cambio de impuestos, en cuanto al RUT no cambia es como el número de cédula una ves otorgado es para siempre, saludos
Buenas tardes, soy cortador de telas y quiero abrir una monotributo, quiero saber cuanto debo pagar por mes a BPS. Muchas gracias
Buenas noches Santiago, los valores para el Monotributo estan en este link: http://www.bps.gub.uy/Empresas/AportacionPago/MinimosEmpresas/Monotributo.aspx?menu=empresas, saludos
Buenos días, voy a iniciar una pequeña empresa junto con mi socia para la fabricación de trajes de baño, quiero saber si puede ser un monotributo y si hay algún inconveniente con el hecho de que ya figuro en caja por mi trabajo actual, el cual mantendré. Muchas gracias, saludos, Verónica
Buenas noches Veronica, en cuanto al hecho de figurar como dependiente no hay ningun inconveniente, tendria que consultar por el tel 1344 int. 3 con los Contadores de DGI; puntualmente su situación al respecto si la “Fabricación de trajes de baño” es considerada como Monotributo; te agradeceria si publicaras la contestación, saludos
Buenas tardes, yo realizo tareas de jardinería por mi cuenta y quería saber si puedo ser monotributista? Y cuál sería el monto a pagar por dicho tributo?
Gracias
Buenas noches Martin, si reunes los requisitos mencionados en el articulo no habria ningún problema, los valores estan en el siguiente link: http://www.bps.gub.uy/Empresas/AportacionPago/MinimosEmpresas/Monotributo.aspx?menu=empresas, saludos
Hola Fernando: He leido tus respuestan con respecto a si es posible que una Pequeña Empresa que tributa IVA MINIMO puede o no obtener un leasing, si es posible. El Banco luego de llevar todos los papeles y casi otorgarme el leasing me alude que por ser el giro de la empresa tapiceria, la dgi considera que no necesita un vehiculo para trabajar y puede multar al Banco por otorgarme el leasing. Esto es asi? Depende del giro de la empresa y ñpuede o no obtener este sistema de crédito. Hay alguna consulta a la DGI que responda a esta situacion y que me respalde, para pelearla en el Banco. Agradezco tu respuesta. Saludos, Veronica
Buenas noches Veronica, te agradezco la información en cuanto al leasing y las Pequeñas Empresas, busque información al respecto y no encontre nada…. le paso el telefono de DGI 1344 interno 3; es el interno de lo Contadores efectuando directamente la pregunta pienso que sera la via más rapida y segura de saberlo, te agradeceria si luego publicas la respuesta, gracias y saludos
Hola Fernando, llamé a la DGI y hablé con una Cra. efectivamente una Literal E puede acceder a un Leasing, con respecto a el giro, no hay ninguna limitación que impida a determinado giro acceder al mismo. Lo que si puede pasar es que el Banco haya otorgado el Leasing y los ingresos de la empresa no “dan” como para solventar la cuota, en ese caso la DGI puede sancionar al Banco por haber otorgado el leasing a una empresa “no solvente” económicamente, digámoslo así, o sea que los números no dan… se entiende? pero no conoce de ningún caso que por el giro le hayan hecho problemas a los Bancos. Ni ninguna reglamentación que limite según el giro. Seguramente como las empresas literal E tienen ingresos limitados, el Banco NO SE ARRIESGUE a otorgar este tipo de préstamo. Es la conclusión a la que llego… gracias por su pronta respuesta y espero estos cometarios sirvan de aporte a este servicio que brinda la página. Saludos. Verónica.
Buenas tardes Veronica, realmente te agradezco haber publicado la contestación de DGI… los comentarios sirven …. aportando todos el enriquecimiento es mutuo, muchas gracias y saludos.-
si tengo un vehiculo personal y quiero ponerlo a trabajar para particulares en traslados diversos , mercaderias, muebles de acuerdo a su capacidad, discotecas y de personas puedo abrir una empresa monotributo ?
Buenas noches Ernesto; lo importante a tener en cuenta es el valor del vehiculo los activos del Montotributo no pueden superar los 354.404 pesos, saludos
entiendo como activos los bienes que conforman la empresa, en este caso el vehiculo, el mismo tiene un valor de mercado de 7 a 8 mil dolares, asumo que entonces ese importe pasado a pesos no supera el monto que me explicas, pero la duda sigue siendo como que rubro entra ? porque en la especificacion de areas que conforman un monotributo no veo lo que te explico que me gustaria hacer con ese vehiculo por eso no entiendo mucho, leo que hay numerales en los que te ponen en fin, en realidad no entiendo, me da la impresion que una empresa monotributo aporta menos que una unipersonal y como esta el mercado de lento evidentemente que es un tema de responsabilidad ante el compromiso asumido hacia el estado tratar de cumplir con las obligaciones contraidas en cuanto a lo que debe pagarse mes a mes de acuerdo a lo que se enmarca en lo legal, por eso la pregunta
Buenas tardes Ernesto; es correcta la apreciación en cuanto a los activos de una empresa como Monotributo, al hablar de UNIPERSONAL se trata de la Naturaleza Juridica de la empresa es decir: se incluye a aquellos empresarios que se inscriben como únicos propietarios del emprendimiento; pueden tener un número ilimitado de empleados, si bien la identidad de la empresa se debe diferenciar de los bienes personales del dueño, estos pueden verse afectados por los riesgos que asume el empresario, la responsabilidad del dueño es ilimitada. es unipersonal.-NO teniendo que ver el Regimen de Aportación a DGI pudiendo ser Monotributo o Pequeña Empresa (Literal E) el monotributista “paga menos” porque “en teoria” sus ingresos son menores (no por la Naturaleza Juridica que puede ser la misma en ambos ej: unipersonal) si tu rubro puede ser considerado Monotributo lo mejor sera que consultes personalmente en DGI o por telefono al 1344 interno 3 (te atenderan los contadores), te agradeceria si publicas la respuesta, gracias y saludos
Buenas tardes.
Consulta, hay alguna posibilidad de conseguir un prestamo para abrir una pequeño negocio?? Quien los otorga???
Agradezco sus comentarios.
Gracias , Sylvia
Buenas tardes Sylvia, en la pagina de UruguayFomenta; aparece un listado de Instituciones: http://www.uruguayfomenta.com.uy/areas-de-fomento/Financiamiento/Pr%C3%A9stamos, saludos
Tenia una pequeña empresa con mi eposa y la cerramos, ahora yo hago reparaciones a domicilio de electrodomesticos y ella hace lavados de ropa para terceros. Podemos ampararnos al regimen de monotributo? Si lo hacemos podemos hacer propaganda publica sobre nuestros trabajos?
Buen dia Duglas, lo importante a tener en cuenta es saber cual fue el regimen de aportación de la pequeña empresa: monotributo o literal E? pero lo mejor sera concurrir a DGI y consultar personalmente con los contadores, si pueder re-iniciar como monotributistas, en cuanto a la propaganda no hay ningún inconveniente en realizarla por el hecho de la publicidad en si…lo que no sabria decirles es si genera algún impuesto por parte de uds pero pienso que dependera si la realizan en forma personal o mediante un tercero, saludos
Era literal E y yo era el conyugue colaborador. Ahora tendrian que ser dos empresas separadas por cada uno y distinto rubro.Gracias por tu ayuda.
Douglas, en teoria una ves inscripto en un regimen no se puede cambiar por 3 ejercicios (años) después de la clausura pero al tratarse de una re-inscripción como monotributistas capaz se lo permiten, tendran que consultar en DGI pueden hacer la consulta por telefono al 1344 interno 3, saludos
hola buenas noches te queria hacer dos preguntas yo soy repostera hago tortas , postres y servicio de lunch entro en los requisitos de monotributo estoy en fonasa por mi esposo si yo me inscribo como monotributista seguiria en fonasa ? si vendo el servicio completo a un cumple o casamiento y cae una inspeccion de dgi al local yo estaria cubierta ? muchas gracias por todo
Buenas noches Anabela, reuniendo los requisitos mencionados en el articulo puede inscribirse como Monotributista; en cuanto al FONASA el Monotributo permite optar por la opción o no, los valores son los siguientes: http://www.bps.gub.uy/Empresas/AportacionPago/MinimosEmpresas/Monotributo.aspx?menu=empresas; lo importante frente a una inspección sera estar inscripta bajo cualquier regimen para evitar que la inscriban de oficio, saludos
Soy fotografo de sociales, y por lo que lei esta actividad entraria dentro del monotributo. Ahora no estoy aportando por lo que me interesa informarme. Esta actividad la cumplo como complemento por lo que facturaría poco mensualmente. Soy empleado de un banco oficial. Podría aportar en esta actividad por monotributo? Muchas gracias desde ya por la información.
Buenas noches Jorge, reuniendo las condiciones menciondas en el articulo no habria ningun inconveniente en inscribirse como monotributista, incluso hay una opcion de no aportar por la cuota mutual al estar “cubierto” por otro empleo, los valores estan en este link: http://www.bps.gub.uy/Empresas/AportacionPago/MinimosEmpresas/Monotributo.aspx?menu=empresas, saludos
Pero mi duda es si efectivamente el servicio de fotógrafo entra en este tributo (porque arriba no aparece y en otros lados si), y si hay que pagar algo aparte a la DGI, o es solo los $805 por todo mensual? Gracias por tu atenta respuesta.
Jorge; podes afiliarte como Monotributo te paso este link: http://www.bps.gub.uy/documentos/novedades/FolletoMonotributo.pdf, descargando el folleto esta incluida tu profesión, saludos
Disculpa, pero queda una duda mas…se menciona solo fotografo, pero camarógrafo no?
Buenas tardes Jorge; lo mejor sera que te comuniques al 1344 interno 3 (Contadores de DGI) para consultar si entrarias o no como Monotributista, te agradezco si podes publicar despues la respuesta, saludos
hola, mi pregunta es la siguiente ¿ puedo afiliarme como monotributo, siendo la realizacion de las tareas la elaboracion de documentos y su presentacion ante oficinas publicas y/o privadas?
Gracias.-
Buenas tardes Susana, no queda muy claro el rubro al cual te afiliarias “elaboracion de documentos y su presentacion ante oficinas publicas y/o privadas” cuales serian esos documentos?? por ej: Balances para DGI, BPS, etc serias como “gestora” si es así no estarias incluida como Monotributo por lo general cualquier tarea administrativa a realizar a empresas se considera como un servicio (tributando IVA Servicios Personales e IRPF si correspondiera) tendrias que consultar personalmente en DGI con los Contadores, saludos
Hola queria hacerte una pregunta estoy en el monotributo bendo en la feria y cuando vienen los de la dgi a controlar las boletas desde ya muchas gracias Eduardo
Buenas tardes Eduardo; el hecho de estar inscripto no significa que “contolen” todas las empresas es decir por lo general (y en tu situación) podria ser que de “rutina” anden por la feria o por una denuncia concreta; saludos
Muy amable Muchas gracias
hola fernando yo soy dueño de una discoteca movil en el interior que hace sociales cumpleaños y casamientos,y la trabajo con tres amigos ,osea yo pongo el capital y ellos pasan la musica. la facturasion es bastante minimia entre 8000 y 15000 mil pesos mensuales y aveces 0 peso porque depende mucho de que alla fiestas ,entiendo que dgi quiere que me regularice ya que saco una norma para fiestas y eventos que es lo mejor que puedo hacer o como me pueden aclarar cuanto y si debo pagar por este servicio porque es de facturacion baja gracias
Buenas noches Ramon, por la facturación estimada mensual podrian ser considerados Monotributo (reuniendo las condiciones detalladas) pero de acuerdo al giro no sabria contestarte si ingresan como tal; lo mejor sera comunicarse directamente con los contadores de DGI al 1344 interno 3 o dirigirte personalmente a la sucursal correspondiente, saludos
muchas gracias