Laudos Servicio Doméstico
9 febrero, 2011 55 comentarios
LAUDOS SERVICIO DOMESTICO
Diciembre/2010
A partir de la vigencia del convenio colectivo correspondiente al Grupo 21 del Consejo de Salarios, referido a los trabajadores del sector Servicio Doméstico, se producen una serie de modificaciones por lo que se detallan a continuación los aspectos más relevantes:
1. Vigencia de ajuste salarial
El ajuste rige desde el mes de cargo Diciembre/2010, previéndose en el acuerdo las fechas de los futuros aumentos (julio/2011, enero/2012, julio/2012).
2. Salario Mínimo del sector
Se establece en la suma de $ 6.591 por 44 horas semanales, siendo el mínimo por hora de $ 34,67 (procedimiento de cálculo $ 6.591/ 4,32 semanas en el mes / 44 horas semanales).
3. Aumento de salarios desde Diciembre/2010
Sobre la base de la remuneración vigente al mes de noviembre/2010, se fijan porcentajes por franjas salariales con un mínimo equivalente al máximo salario de la franja inmediata anterior.
Para calcular el aumento salarial que le corresponde al trabajador se distinguen dos situaciones:
a) Trabajadores mensuales
El cálculo surge de aplicar al sueldo nominal del mes de noviembre, el porcentaje respectivo o el mínimo, de acuerdo con la siguiente tabla para trabajadores que cumplen 44 horas semanales:
| Sueldo a 11/2010 | % | Sueldo a partir 12/2010 | ||
| Desde | Hasta | Desde | Hasta | |
| —- | 5.792 | 37,55% | 6.591 (*) | 7.967 |
| 5.793 | 6.294 | Variable | Mínimo 7.967 | |
| 6.295 | 6.792 | 26,57% | 7.968 | 8.597 |
| 6.793 | 7.558 | Variable | Mínimo 8.597 | |
| 7.559 | 13,74% | 8.598 | ||
(*) Salario Mínimo del sector
En aquellos casos que el trabajador no complete el total de la carga horaria, se deberá realizar la equivalencia de su remuneración a 44 horas semanales, para determinar el aumento según la tabla precedente.
Ver ejemplos en Anexo adjunto.
b) Trabajadores jornaleros o por hora
El cálculo surge de aplicar al valor hora del mes de noviembre, el porcentaje respectivo o el mínimo, de acuerdo con la siguiente tabla:
| Valor hora a 11/2010 | % | Valor hora a partir 12/2010 | ||
| Desde | Hasta | Desde | Hasta | |
| —- | 30,47 | 37,55% | 34,67 (*) | 41,91 |
| 30,48 | 33,11 | Variable | Mínimo 41,91 | |
| 33,12 | 35,73 | 26,57% | 41,92 | 45,23 |
| 35,74 | 39,76 | Variable | Mínimo 45,23 | |
| 39,77 | 13,74% | 45,24 | ||
(*) Valor mínimo por hora del sector
Se destaca que el Convenio Colectivo definió la forma de cálculo del valor hora, considerando a estos efectos la jornada laboral establecida para la actividad de 44 horas semanales. Es decir que el valor hora mínimo surge de dividir $6.591 entre 4,32 semanas en el mes y 44 horas semanales, resultando un valor de $34,67.
Ante tales circunstancias la cantidad de horas que equivalen al sueldo mínimo son 190,08 mensuales, que corresponden a 23,76 jornales de 8 horas que se aproximan a 24 jornales.
Ver ejemplos en Anexo adjunto.
4. Compensación por nocturnidad
Se estableció una compensación del 15% por trabajo nocturno, comprendiendo el desarrollado entre las 22:00 hs y las 6:00 horas. En estas situaciones corresponde que el empleador informe a BPS, el monto resultante a efectos de ser tenido en cuenta.
5. Otras consideraciones
- Se determina la obligación del empleador de abonar el salario íntegro, en aquellas situaciones en las cuales el trabajador no sea convocado a cumplir funciones, en los días acordados.
- Se mantienen vigentes todos los beneficios establecidos en el convenio anterior de 11/2008 (prima por antigüedad, día del trabajador doméstico, licencias especiales, etc.).
6. Instrumentación del aumento por parte BPS
A partir de la información que consta en nuestros sistemas, se procederá a realizar el aumento en forma automática[1], sin perjuicio de lo cual corresponde al empleador verificar los importes resultantes e informar en caso de inconsistencias a través del 0800 2001 Opción 2.
Por mayor información dirigirse a los puestos presenciales de Asistencia al Contribuyente, ubicados en Sarandí 570 PB y Colonia 1851 PB, así como en Sucursales y Agencias del Interior del País o telefónicamente a través del 0800 2001 Opción 1.
ANEXO – Ejemplos
a) Trabajadores mensuales
| Situación aNoviembre/2010 | Equivalencia44 hs/sem | % aumento o sueldo según Tabla | Cálculo | Nueva remuneración12/2010 |
| $ 2.800 por 20 hs/sem | 2.800/20×44= 6.160 | 7.967 | 7.967/44 x 20 | 3.621 |
| $ 3.500 por 30 hs/sem | 3.500/30x 44 =5.133 | 37,55% | 3.500 x 1,3755 | 4.814 |
b) Trabajadores jornales o por hora
| Situación aNoviembre/2010 | Valor hora | % aumento o valor hora según Tabla | Cálculo | Nueva remuneración12/2010 |
| $ 2.800 por 10 jornales | 2.800/10 /8= 35 | 26.57% | 35 x 1,2657= 44,3044,30 x 10 x 8 | 3.544 |
| $ 5.000 por 20 jornales | 5.000/20 /8= 31,25 | 41,91 | 41,91 x 20 x 8 | 6.706 |
[1] La factura del mes de diciembre contendrá además los aportes correspondientes al medio aguinaldo.
hola.me podrian decir d cuanto es el aumento para julio.2011? trabajo 6h y media.de lun a vier.gracias¿
Buenas noches Mary; el aumento para julio 2011 todavia no esta establecido; cuando salga lo publicare en el blog, saludos
Buenos dias,quisiera saber cual es el aumento que me corresponde, trabajo de lunes a viernes 4 horas diarias y estoy cobrando 4500 actualmente.Muchas gracias. Carmen
Buenas tardes Maria del Carmen, el aumento correspondiente a Julio todavia no esta publicado; saludos Fernando Gómez.
hola. trabajo en un hotel como auxiliar de limpieza 44 horas semanales nocturnas de 22 a 06 hs. y quisiera saber si el aumento correspondiente a julio fuese establecido, ¿me corresponde? desde ya muchas gracias! Andrea
Buen dia Andrea; a mi entender al trabajar en un hotel (aunque realices tareas de limpieza NO estarias comprendida como “servicio domestico”)
tendrias que guiarte por el convenio especifico a tu sector: Grupo 12- Hoteles, restoranes y bares; dentro de ese grupo buscar el sub-grupo ( Hoteles); buscar cuanto gana un auxiliar de limpieza (o la tarea mas aproximada a tu realidad) la información esta en: http://www.mtss.gub.uy
en CONSEJOS DE SALARIOS, saludos Fernando
Hola quisiera sabes cuanto es mi aumento sí yo cobro 8300 trabajo con cama. gracias
Buenas tardes Natalia, el aumento correspondiente a Julio en servicio domestico todavia no esta publicado, saludos
Hola, ya salio cuanto es el aumento para Julio 2001. Muchas gracias
Gracias Rosina, por la información en la pagina del BPS no esta publicado pero en la del MTSS ya “subieron” el convenio; lo publico en la pagina, saludos Fernando
,
Buenas soy cintia soy vendedora en una tienda y mi sueldo es de 6377 trabajo 8 horas de lunes a sabados quiero adelantarme a saber el porcentaje de aumento por que posiblemente si no me informo bien van a intentar pagarme menos les agradesco una respuesta…saludos
Cintia; para saber el aumento correspondiente a una tienda; tendrias que fijarte en la página del Ministerio de Trabajo según el Grupo y Sub-grupo correspondiente a la empresa en la cual trabajas; por lo general aparece en tu Recibo de Sueldo, saludos
Buenas tardes,quisiera saber cuanto débere cobrar a partir del ultimo aumento,ya que trabajo 4 hs y actualmente cóbro 4500. miré en su pagina pero no se hacer muy bien el calculo y temo equivocarme.Desde ya muchas gracias.Maria del Carmen
Buenas tardes; la información del calculo se la pueden proporcionar en BPS o llamando al SUTD ; el telefono se lo proporcionan en el PIT-CNT se reunen todos los viernes de 18 a 21 hs.-
buenas noches, mi nombre es lilian trabajo en una casa de familia 7 hs y media cobro 7200 pesos , en abril me pidieron hacer 2 hs mas y pase a ganar 9000 haciendo 9hs y media, pero al bps aportan por el minimo como hago para calcular mi aumento de julio me guio por el sueldo de las 7hs y media o por las que hago ahora?? la verdad no tengo tiempo de recurrir al mtss o al bps ya que el trabajo me consume todo el dia saludo
Buen dia Lilian; la información y el asesoramiento en cuanto a tu situación (como en las respuestas anteriores) las puedes consultar en el SUTD (ubicado en la central del PIT-CNT) saludos
hola mi nombre es ana laura soy trabajadora domestica trabajo 4 horas por dia de lun a vier y los sabados trabajo 6 hora en la semaña son 26 horas quisiers saber cuanto me corresponde del aumento de julio
Buen dia Ana Laura; la información y el asesoramiento en cuanto a tu situación (como en las respuestas anteriores) las puedes consultar en el SUTD (ubicado en la central del PIT-CNT) saludos
buen dia trabajo 7 hs ,3 veces por semana mi sueldo es de 5100 ps ¿com el aumento en cuanto me qedaria ? gracias
Buen dia Patricia; la información y el asesoramiento en cuanto a tu situación (como en las respuestas anteriores) las puedes consultar en el SUTD (ubicado en la central del PIT-CNT) saludos
soy mara quisiera ,saber yo empeze a trabajar en agosto del 2009 y estube trabajando hasta noviembre del 2011 ,y cuando entre me ofrecio 70 pesos la hora hiba 3 veces por semana despues estube sin trabajar 2 meses porque me opere de la vesicula y no cobre nada ,cuando le dije que si me podia aumentar la hora que ya hacia 2 años me dijo que no porque ella pagaba mas del lado , por ultimo estaba haciendo 2 veces por semana 5 horas pero a 70 pesos la hora igual eso estaba bien o me jodio
Buenas tardes Mara, este tipo de consulta debe realizarla con un abogado personal o en caso contrario en el Ministerio de Trabajo Llamando al 0800-7171 en el horario de 08:00 a 18:00 horas de lunes a viernes, con el fin de obtener día y hora para ser atendida. CABE ACLARAR QUE ESTE ES EL ÚNICO MEDIO PARA OBTENER DIA Y HORA DE CONSULTA LABORAL.
qisiera saber si trabajo 8hs x dia d lun a sab cuant dias libr m tocan?gracias
Carol, te paso esta página que aclara tu situación: http://www.elpais.com.uy/suplemento/economiaymercado/Peculiaridades-del-trabajo-domestico/ecoymer_562281_110425.html; saludos
Buen día, me interesa saber cuál es el porcentaje fijado de aumento salarial para enero 2012 a las trabajadoras domésticas.
Desde ya muchas gracias.
AJUSTE 1 DE ENERO DE 2012 (Establecido en el Acta del Convenio Colectivo del 17/12/2010- Cuarta Ronda 2010)
Para el período 1 de enero de 2012- 30 de junio de 2012, se acuerda un incremento en las remuneraciones de todos los/as trabajadores/as del sector, que serán los siguientes:
I) Para los/as trabajadores/as que al 31 de diciembre de 2011 estuvieran percibiendo una remuneración nominal mensual de hasta $ 8.763,58 (o su equivalente por día o por hora): 10 % de aumento.
II) Para los/as trabajadores/as que al 31 de diciembre de 2011 estuvieran percibiendo una remuneración nominal mensual de entre $ 8.763,59 y $ 9284,37 (o su equivalente por día o por hora): 8 % de aumento.
III) Para los/as trabajadores/as que al 31 de diciembre de 2011 estuvieran percibiendo una remuneración mensual nominal de $ 9284,38 en adelante (o su equivalente por día o por hora): 5,25 % de aumento.
Además, la cláusula 9º del Convenio vigente prevé aplicar un correctivo a determinar para la 3º Franja:
“El 1 de enero de 2012 se realizará un ajuste salarial por concepto de correctivo correspondiente al año inmediato anterior (1/1/2011- 31/12/2011). Se revisarán los cálculos de inflación proyectada en enero de 2011, comparándolos con la variación real del índice de Precios al Consumo del período (1/1/2011- 31/12/2011).”
yo trabajo de lunes a viernes 5 horas y media y cobro $5.500. cuanto ceria el aumento que me pertenece? gracias
Buen dia dependera si los 5.500 son nominales o “en la mano” los porcentajes de aumentos y las franjas estan en la respuesta anterior; saludos
hola yo trabajo 4 horas por dia de lunes a sabado y gano 5.322 por mes me gustaria saber que aumento me corresponde .gracias.
tambien quisiera saber si los dias en rojo se cuentan en la licencia.desde ya muchas gracias!!!saludos
Isabel; el aumento esta en este linK: http://infopymes.wordpress.com/2012/01/19/ajustes-salarial-servicio-domestico-012012/; los días en rojo NO se cuentan en la licencia, saludos
hola yo trabajo 3h martes y jueves cuanto es lo q tengo q cobrar x hora osea 6 horas semanales
Susana; los nuevos valores los encuentra en este link: http://infopymes.wordpress.com/2012/01/19/ajustes-salarial-servicio-domestico-012012/, saludos
SOY DEL SINDICATO DE LAS TRABAJADORAS DOMESTICAS, ESTAMOS EN EL PIT CNT, ENERO Y FEBRERO ,LOS JUEVES Y VIERNES DE 15 A 17 HORAS,DESDE MARZO SOLO LOS VIERNES DE 18 A 20..MI CELU 099063551 LILIAN.
Buenas tardes Lilian, un gusto conocerla atraves de la página publico sus datos para que se informen, saludos
hola soy yannet y no me queda claro cuanto me corresponde de aumento. yo gano la hora a 75 y 85 pesos . desde ya muchisimas gracias
Buenas tardes Yannet; por mayor información puede comunicarse directamente con Lilian Rosas del Sindicato de las Trabajadoras Domesticas al celulara 099 063 551, saludos
Fernando, me gustó mucho la claridad con la que explicas el tema y la dedicación y altura con la que respondes las preguntas de cuantos lo han requerido, lamento la incursión de la persona del sindicato que determinó que las consultas las dirigieses a ella. Saludos
Buen día Cinthia; te agradezco mucho el comentario me alienta a seguir con el blog y ver que es útil para todos; te explico en cuanto al Servicio Domestico la mayoria de las preguntas son consultas “especificas” en cuanto a calculos de salarios, licencias, etc…. por ese motivo crei conveniente derivarlas a Lilian Rosas (del Sindicato de Domesticas) al ofrecer su ayuda; saludos
hola buenos dias, perdon x lo q voy a escribir, y respondiendole a CINTIA, Q ME DICULPE ELLA ,NUNCA PUSE Q SE ME CONSULTARA DIRECTAMENTE , SOLO GRACIAS AL SINDICATO Y A LAS PERSONAS Q ESTAMOS FRENTE A EL , TENEMOS CIENTOS DE CONSULTA Y Q NOSOTRAS TODAS LA TRABAJADORA DOMESTICAS TENEMOS Q DAR GRACIAS Q HOY TENEMOS UNA LEY ,PARA Q SE RECONOSCAN TODOS NUESTROS DERECHOS , AGRADEZCO A ESTE PROFESIONAL Q ESTA EN ESTE SITIO WEB, PARA EVACUAR LAS CONSULTAS DE LAS TRABAJADORAS COMODAS , Y Q NO SE DAN CUENTA SI HAY UN SINDICATO TENDRIAN Q ESTAR FELICES Y COLABORAR Y,Q LAS COMPAÑERAS LUCHAN EN BENEFICIO DE TODAS LAS TRABAJADORAS DOMESTICAS, Q MUCHAS FUIMOS DESPEDIDAS POR LUCHAR Y ESTAR FRENTE AL SINDICATO Y SEGUIMOS IGUAL , Y NO RECIBIMOS BONIFICACION ALGUNA , YO ACABO DE SER DESPEDIDA X RECLAMAR Y NO FIRMAR UN RECIBO, MAL ECHO Y SEGUIRE LUCHANDO , PARA Q ALGUN DIA A LA TRABAJADORA DOMESTICA ,SE LE RECONOSCAN TODOS SUS DERECHOS Y NO SEAN DESPEDIDAS X RECLAMAR ALGO Q LE PERTENECE . SI NO FUERA ASI SEGUIREMOS COMO EN EL TIEMPO DE NUESTRAS ABUELAS, REVERENCIANDO AL EMPLEADOR .GRACIAS Y MIL DISCULPAS AL SR.ABOGADO FERNANDO GOMEZ .Y VUELVO A RECORDAR LA DIRECCION DEL SINDICATO, ESTAMOS EN EL PIT-CNT JACKSON 1283.DE 15 A 17 JUEVES Y VIERNES.EN MARZO SOLO LOS VIERNES DE 18 A 20.
Buenas tardes a todos; escribo este comentario solamente para aclarar que la idea del blog es compartir las noticias, decretos, convenios etc los comentarios fueron habilitados como posibilidad de intercambiar experiencias y conocimientos de manera de que pudieramos beneficiarnos colectivamente, cada uno aportando en la medida de sus posibilidades.
He observado que frecuentemente esta herramienta de participación ha sido mal utilizada como una especie de cómodo “0800″ de consulta gratis, donde solamente una minoría han tenido la intención de aportar a los otros; utilicemos correctamente esta herramienta como una posibilidad de enriquecimiento mutuo.
También me gustaria aclarar que no soy abogado; solamente un gestor que en cuanto a mi función trato de realizar las acciones o los trámites necesarios para conseguir o resolver una tarea; y eso es lo que he tratado de lograr en el blog….. orientar, guiar, asesorar tratemos de seguir por este camino para así ayudarnos entre todos.
COMPAÑERA NO ES UNA INCURSION , USTED TIENE Q SABER Q HAY UN SINDICATO Q ESTA LUCHANDO X TODOS LOS DERECHOS Q TENEMOS NOSOTRAS LAS TRABAJADORAS DOMESTICAS, ESTE MEDIO ES MUY COMODO , VAYA Q SI , PERO DONDE ESTA TODA LA INFORMACION ,Y RECIEN SALIDA ES EN EL SINDICATO Q TENDRIAMOS Q ESTAR AGRADECIDAS X TENERLO , SINO HOY NINGUNA DE NOSOTRAS PODRIAMOS RECLAMAR NADA , NO TENDRIAMOS SEGURO , Y NADA.COMPAÑERA HAY Q ACERCARSE AL SINDICATO PARA COLABORAR, LE CUENTO Q FUI DESPEDIDA X RECLAMAR MI ANTIGUEDAD , Y NO FIRMAR UN RECIBO MAL ECHO Y PQ NO ME QUISIERON RECONOCER , MIS DERECHOS ADQUIRIDOS,Y SI HOY NO TUVIESEMOS LA LEY ,LOS CONVENIOS ,A MI ME ECHAN Y NO TENDRIAN Q PAGAR NADA ,Y NI SIQUIERA TENDRIA SEGURO X DESEMPLEO ,POR ESO ES IMPÓRTANTE COLABORAR CON EL SINDICATO ,LAS Q ESTAMOS FRENTE AL SINDICATO NO COBRAMOS SUELDO ALGUNO ,EL BOLETO LO PAGAMOS DE NUESTRO BOLSILLO, PERO TODO LO HACEMOS DE CORAZON Y PARA Q NO TENGAMOS Q PASAR LO Q NUESTRAS ABUELAS ,SIEMPRE REVERNCIANDO AL PATRON Y TRABAJANDO 24 HORAS SIN BENEFICIO,..SALUDOS COMPAÑERA.
Fernando, en tu explicación los valores hora o sueldos son NOMINALES o LIQUIDOS???
Buen dia Sebastian, los sueldos siempre son NOMINALES es decir hay que aplicarles los descuentos correspondientes, saludos
Buenas tardes : yo trabajo de Lunes a Viernes 8 Horas diarias o sea 40 semanales;mi pregunta es……………….¿cuanto seria mi sueldo minimo,con respecto al aumento del 01/01/2012?
Amanda, tendrias que hacer una regla de 3 o sea a partir de Enero 2012 por 44 semanales el sueldo es de 7.976 pesos, en tu situación: 7976X40/44= 7.251 pesos, por más información del aumento: http://infopymes.wordpress.com/2012/01/19/ajustes-salarial-servicio-domestico-012012/, saludos
hola quiero saber !!si yo cobro un promedio de $9500 mensuales, cuanto me tienen que pagar de aginaldo? son 44 horas semanales!! desde ya muchas gracias!!
Buenas tardes Leticia, el aguinaldo se liquida de la siguiente manera:
Como calcular el Aguinaldo
El aguinaldo es un beneficio que todo trabajador percibe dos veces al año, en junio y diciembre.-
Consiste en la percepción de la 1/12 parte de todos los haberes (Sueldo mensual dividido 12) generados desde el 1 de diciembre del año anterior hasta el 31 de mayo, en el caso del aguinaldo de junio; y la 1/12 parte de los generados desde el 1/6 hasta el 30/ 11, en el caso del aguinaldo de diciembre.-
Trabajo como domestica de lunes a viernes 5 horas diarias, en diciembtre estaba cobrando 5000 pesos, todavia no e resivido el aumento. Podria responderme cuanto debia ser el aumento y desde cuando debi cobrarlo, si desde diciembre (Cobrarlo el 1ro de Enero), o desde Enero (Cobrarlo el 1ro de Febrero).
Buenas tardes Mariela; el aumento corresponde a partir de Enero/2012 es decir el sueldo que se cobra en Febrero; en este link se aclara los ajustes salariales: http://infopymes.wordpress.com/2012/01/19/ajustes-salarial-servicio-domestico-012012/. hay que tener en cuenta los sueldos expresados estan en NOMINAL es decir sin descuentos, saludos
Si entiendo bien, trabajo de lunes a viernes 5 horas diarias, lo que me da un total de 115 horas mensuales por 5000pesos de sueldo, esto significa que gano por hora 44 pesos, esto lo multiplico por 144 que son las horas de trabajo mensual y me da 6336 pesos, entonces me ubico en la franja de aumento de 10%, lo que significa que pasaría a ganar 5500 pesos, mas un aumento por antigüedad del año 2009 que equivale a un 1,5% de 5500 (82 pesos), debería estar cobrando 5582 pesos. Le agradezco desde ya corroborar mi razonamiento. Gracias.-
Si entiendo bien, trabajo de lunes a viernes 5 horas diarias, lo que me da un total de 115 horas mensuales por 5000pesos de sueldo, esto significa que gano por hora 44 pesos, esto lo multiplico por 144 que son las horas de trabajo mensual y me da 6336 pesos, entonces me ubico en la franja de aumento de 10%, lo que significa que pasaría a ganar 5500 pesos, mas un aumento por antigüedad del año 2009 que equivale a un 1,5% de 5500 (82 pesos), debería estar cobrando 5582 pesos. Le agradezco desde ya corroborare mi razonamiento. Gracias.-
HOLA SOY NANCY Y REALMENTE SOY IGNORANTE EN EL TEMA REFERIDO A AUMENTOS PARA LAS DOMESTICAS YA Q SOY UNA DE ELLAS Y TRABAJO 15HS SEMANALES GANO 5500 Y QUISIERA SABER CUANTO ME CORESPONDERIA GRACIAS
Buenas tardes Nancy; en este link hay más información sobre el aumento de Enero de este año en Servicio Domestico:http://infopymes.wordpress.com/2012/01/19/ajustes-salarial-servicio-domestico-012012/; saludos
Buenas Tardes, quisiera hacer la siguiente consulta con respecto a los feriados pagos, en mi casa trabaja una señora, 1 vez por semana 4hs por jornal, se le debe pagar el feriado si no coincide con el dia de trabajo (EL FERIADO ES UN MARTES Y ELLA TRABAJA UN MIERCOLES), ella me dijo que en el ministerio le dijeron que si y no dudo de que así sea, pero una persona que trabaja en 3 casas diferentes, una vez por semana, cobra 3 veces el feriado, uno por cada casa?, ella trabaja en 2 casas mas, le corresponde un porcentaje del feriado de acuerdo a los 4 días que trabaja en el mes, yo consulte con un abogado laboral y me dijjo que no había una sola opinión acerca de este tema, que lo lógico sería que fuera un porcentaje. Ud tiene alguna posición acerca de este tema?, la cuota mutual se la pagamoa entre las 3 empleadoras. el feriado podría liquidarse tb así?, La sra está en caja. Muchas gracias
Buenas tardes Maria; realmente no sabria que decirle con respecto a su pregunta; más cuando me informa que fue hecha en el Ministerio de Trabajo y con un abogado laboral; es correcto lo que le informaron a ella en el Ministerio y también lo que le dice el abogado; tomando en cuenta que la cuota mutual es pagada entre las tres podria pagarse el feriado entre las tres pero sinceramente no tengo ningún argumento que lo confirme (solamente es aplicando el sentido común) le paso este link: http://abilleira.wordpress.com/ingrese-su-consulta/; es un blog del Contador Abelleira donde podra realizar la misma consulta y tener otra opinión al respecto, saludos